Servicios de Seguridad Privada en el DF

El gobierno del Distrito Federal da a conocer el nuevo Reglamento de la Ley de Seguridad Privada

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 .  (Foto: IDC online)

El día de hoy, en la Gaceta del Distrito Federal, publicó el nuevo Reglamento de la Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal , estableciendo que los prestadores de servicios de seguridad privada requieren del permiso, autorización o licencia correspondiente vigentes de conformidad con la Ley de Seguridad Privada para el DF, publicada el 24 de enero de 2005, por lo cual, previo a su contratación se les debe exigir la presentación de cualquiera de tales documentos.

En tal virtud, esas personas solicitarán los permisos, autorizaciones, licencias, y revalidaciones respectivas en el formato emitido por la Dirección General de Registro Vehicular o Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad Pública del DF, o mediante un escrito libre que contendrá la firma autógrafa del solicitante. Dicha petición reunirá los requisitos siguientes, para:

  • personas físicas con actividad empresarial, constancia de alta ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y comprobante de domicilio
  • personas morales, constancia de alta ante el RFC, y el acta constitutiva respectiva
  • instituciones oficiales, escrito libre del apoderado o representante legal que especifique el instrumento legal de creación o constitución y fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del DF

La revalidación de los permisos, las autorizaciones y licencias se requerirá por medio de escrito libre en donde se manifieste, bajo protesta de decir verdad, que prevalecen las condiciones bajo las que se otorgaron, debiéndose actualizar los documentos necesarios para tal efecto.