Venta de alimentos y bebidas alcohólica

Venta de alimentos y bebidas alcohólica

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 .  (Foto: IDC online)

La nueva Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, vigente desde el pasado 1 de marzo, establece nuevas obligaciones para los titulares de restaurantes, hospedaje y de licencias de funcionamiento tipo B, de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 34, tales como:

  • contar con una carta o menú de escritura tipo braile, y
  • permitir el acceso a personas invidentes acompañadas de sus perros guía.

Por lo que toca a todos aquellos establecimientos en donde se vendan bebidas alcohólicas, según lo previsto en el artículo 37 de la aludida ley: queda estrictamente prohibida la modalidad de barra libre o cualquier otra promoción similar.

Asimismo, los lugares donde exista cuota de admisión general o se cobre el pago por derecho de admisión o entrada no podrá exentarse el pago del mismo ni hacer distinción en el precio, en atención al género, es decir, todas aquellas personas que deseen ingresar, sean hombres o mujeres deberán cubrir el mismo derecho de admisión.