Aplicación de Normas Mexicanas

Aplicación de Normas Mexicanas

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 .  (Foto: IDC online)

Conforme a lo establecido en al artículo 3o., fracciones X y XI, de la Ley de Metrología y Normalización (Ley), son:

  • Normas mexicanas las que elaboren organismos nacionales de normalización (personas morales que tienen por objeto elaborar este tipo de normas) o la Secretaría de Economía que prevéen para un uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado. Su finalidad es constituir referencia para determinar la calidad de los productos y servicios de que se trate, particularmente para la protección y orientación de los consumidores. Éstas nunca podrán contener especificaciones inferiores a las establecidas en las normas oficiales mexicanas (art .54 de la Ley), y
  • Normas oficiales mexicanas a la regulación técnica de observancia obligatoria expedidas por las dependencias de la Administración Pública Federal conforme a las finalidades que la ley establece en el artículo 40 , que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad servicio o método de producción u operación, así como aquellas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado, y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

Vale la pena señalar que el incumplimiento de éstas últimas puede ser sancionado con: multa, clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total; arresto hasta por 36 horas; suspensión o revocación de la autorización, aprobación o registro, según corresponda; y suspensión o cancelación de documentos donde consten los resultados de la evaluación de la conformidad, así como la autorización del uso de contraseñas y marcas registradas (art. 112 de la Ley).