Facturas electrónicas

Facturas electrónicas

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 .  (Foto: IDC online)

El Comité Mexicano de Comercio Electrónico (COMECE) y el Grupo de Impulso a la Legislación para el Comercio Electrónico (GILCE) estudian la posibilidad de crear una factura electrónica, la cual, en caso de ser aprobada por las autoridades fiscales competentes, se integraría a los instrumentos legales vigentes como:

  • el Código de Comercio (artículos 89 a 94);
  • la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2002, Prácticas comerciales-Requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos, y
  • la firma digital.

A través de la utilización de medios electrónicos y ópticos (fax, internet o correo electrónico), las empresas e instituciones estarían en posibilidad de formalizar sus negocios jurídicos, por ello, el uso de la factura electrónica traería los siguientes beneficios:

  • reducción de costos en el manejo del documento en papel;
  • reducción en errores de captura;
  • homologación fácil de la relación pedido-factura-entrega;
  • agilización de los procesos de pago;
  • disminución de los procesos sin valor;
  • seguridad en cada transacción;
  • ahorro de espacio en el resguardo de información;
  • fácil integración a procesos contables;
  • reducción de costos en la cadena de abastecimiento;
  • mejores prácticas en la cadena de abastecimiento, y
  • uso de estándares internacionales entre los comerciantes.

A pesar de la definición de estos criterios y su esquematización, es necesario modificar el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, ?que establece los requisitos de los comprobantes fiscales (facturas)?, en el sentido de aceptar el uso de esta factura electrónica, estableciendo los estándares o sistemas que los socios comerciales deberán cumplir y aplicar para tal efecto.