Tipo de cheques

Tipo de cheques

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 .  (Foto: IDC online)

Derivado de las diversas operaciones que una negociación realiza, se ve en la necesidad de emitir cheques, pero por las fuertes sumas que amparan, requieren de mayor seguridad a fin de que sólo el beneficiario del mismo sea el único posibilitado a recibir las cantidades en ellos consignadas. Ante tal situación resulta conveniente recordar los diferentes tipos de éste título de crédito que pueden ser expedidos, previstos en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Tipo de cheque Características
Al portador
  • Es cobrado por cualquier persona que lo presente en el banco, y
  • debe ser expedido por un monto máximo de $26,291.00 (para el presente año), de lo contrario deberá ser nominativo
    (Art. 179)
  • Cruzado
    • Es expedido por el titular de la cuenta;
    • es cruzado en el frente por dos líneas transversales;
    • no puede ser cobrado en efectivo por el beneficiario;
    • debe ser depositado por el beneficiario en una cuenta bancaria;
    • es nominativo, y
    • no es negociable (Art. 197)
    Para abono en cuenta
  • Contiene la leyenda: "para abono en cuenta del beneficiario";
  • no puede ser pagado en efectivo;
  • podrá ser depositado en cualquier institución bancaria en donde el beneficiario tenga su cuenta o la abra;
  • es nominativo, y
  • no es negociable (Art. 198)
  • Certificado
    • Es expedido de la propia chequera del librador;
    • requiere de un sello y firma de la institución bancaria que pagará la suma en él consignada;
    • es nominativo, y
    • no es negociable (Art. 199)
    De caja
  • Debe solicitarse en el banco;
  • puede obtenerse teniendo o no una cuenta bancaria;
  • la cuenta debe tener el importe por el cual se emitirá el título. En caso de no contar con esta se abrirá exclusivamente para el pago de este cheque
  • es nominativo, y
  • no es negociable (Art. 200)