Uniones de crédito financian PYMES

Uniones de crédito financian PYMES

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 .  (Foto: IDC online)

La Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito prevé, en sus artículos 39 a 45 que las uniones de crédito pueden realizar, entre otras actividades:

  • otorgar créditos;
  • recibir préstamos de sus socios, bancos, banca de desarrollo, e instituciones financieras del extranjero;
  • proporcionar insumos, materias primas, componentes o bienes y servicios necesarios para la operación productiva de las empresas afiliadas a la unión, y
  • proporcionar servicios de asistencia técnica.

Por su parte, el artículo 45 fracción I, les prohíbe expresamente celebrar esta clase de operaciones con otro tipo de personas que no sean sus socios, por ello desde hace aproximadamente un año estos organismos han venido impulsando una modificación al citado ordenamiento, a fin de poder ser un apoyo para el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), las cuales encuentran como obstáculos para su desarrollo: la carencia de recursos, acceso limitado al crédito bancario, a pesar de la apertura del crédito otorgada por los bancos, y el exceso de trámites gubernamentales.

Por lo anterior, las modificaciones solicitadas pretenden que las uniones de crédito sean autorizadas para:

  • atender financieramente a estas empresas;
  • apoyar a las empresas microfinancieras, y
  • ampliar su mercado otorgando créditos a cualquier tipo de empresas.