El pasado 17 de junio el Congreso del Estado de Guanajuato aprobó la Ley sobre el Uso de Medios Electrónicos y Firma Electrónica para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, misma que entrará en vigor el próximo primero de noviembre.
La aplicación de esta ley busca, de acuerdo con su objeto:
- agilizar, hacer accesibles, y simplificar trámites y la prestación de servicios públicos ante los poderes públicos, organismos autónomos, ayuntamientos, dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal;
- promover y fomentar el uso de los medios electrónicos entre las entidades públicas, y entre éstas y los particulares, así como el uso de la firma electrónica;
- proporcionar certeza jurídica y seguridad informática en las relaciones entre entidades federativas cuando éstas usen la firma electrónica, y
- establecer las bases para que con el uso del Internet, se agilice la comunicación, prestación de servicios y realización de trámites.
Asimismo, la firma electrónica podrá usarse en: actos, convenios, comunicaciones, procedimientos administrativos, trámites y prestación de servicios públicos; y la facultad de certificar firmas electrónicas la tendrán únicamente los poderes del Estado, Ayuntamiento y organismos autónomos.
Finalmente, la ley prevé que no podrá emplearse dicha firma: cuando se trate de procedimientos seguidos ante tribunales u órganos jurisdiccionales en forma de juicio, y cuando la Constitución Federal o Local, o las leyes exijan:
- el uso de la firma autógrafa; o
- la concurrencia personal de servidores públicos o particulares.
Para consultar el contenido de esta ley, se sugiere visitar la siguiente dirección de Internet: www.congresogto.gob.mx/csocial/boletines/junio/bol1402004.html