Ley Sarbanes-Oxley

Ley Sarbanes-Oxley

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 .  (Foto: IDC online)

La Ley Sarbanes- Oxley, cuyo objetivo es crear un marco de transparencia para las actividades de las empresas multinacionales que cotizan en las Bolsas de Valores de Estados Unidos de América del Norte (New York Stock Exchange ?NYSE?), y darle mayor certidumbre a los inversionistas, entró en vigor el 15 de noviembre de 2004 para empresas que tienen una capitalización pública mayor a 75 millones de dólares; asimismo, a partir del próximo 15 de julio será obligatoria para las empresas, con una capitalización pública menor a ese límite, empresas extranjeras (como las mexicanas, pero la Comisión de Valores de los Estados Unidos ?Security Exchange Commision, SEC?, dio una prórroga para las empresas extranjeras no más allá del 31 de julio de 2005), y empresas que sólo tienen emisión de obligaciones registradas en dichas bolsas. Dicha Ley se emitió con la idea de regular el gobierno corporativo; dentro de los requisitos previstos en esta ley, se encuentran los siguientes:

  • establecer un nuevo consejo de vigilancia supervisado por la SEC;
  • definir nuevas funciones y responsabilidades para el comité de auditoría,  independientes a la administración;
  • establecer nuevas reglas para la conformación de los consejos de administración ajenas al grupo de control de la empresa;
  • que los directivos acompañen los reportes con una certificación personal, incrementando las responsabilidades de los directores generales y de los directores de finanzas;
  • crear un código de ética para los altos funcionarios de la organización;
  • definir un esquema de medición del control interno que se aplique constantemente;
  • que los directivos certifiquen el buen funcionamiento de sus sistemas de control interno;
  • establecer nuevos requerimientos de información que abarcan cuestiones financieras y no financieras que no aparecen en los estados respectivos;
  • el auditor externo tiene que verificar la certificación del control interno y emitir un dictamen al respecto;
  • especificar los servicios no realizados por los auditores externos;
  • reforzar las penas por fraudes corporativos y de personal administrativo;
  • emitir reglas sobre conflictos de interés, y
  • nuevos esquemas de administración de riesgos.

Por lo anterior, cambia la situación de que las empresas extranjeras (mexicanas) sólo deban cumplir exclusivamente con las leyes de sus países, porque ahora deben sujetarse también a la Ley Sarbanes-Oxley, existiendo el riesgo de que se contraponga a puntos específicos de las reglamentaciones de los países de donde son originarias las empresas inversionistas.

En el caso específico de México a la fecha se han efectuado diversas modificaciones adaptándose a estas prácticas de mejoras corporativas, como son: el Código de Mejores Prácticas de Gobierno Corporativo para las empresas mexicanas emisoras de valores (iniciativa del Consejo Coordinador Empresarial), las modificaciones a la Ley del Mercado de Valores (aún no publicadas), y la emisión de diversas circulares relativas a ?ofertas públicas de adquisición? y ?emisoras?.

La falta de cumplimiento de esta ley por los inversionistas puede implicar penalización económica, cárcel y expulsión del mercado de valores.

Consulte el texto íntegro del Acta Sarbanes-Oxley

(SARBANES-OXLEY ACT OF 2002. Idioma: Inglés)