Registro Público: federal y electrónico

Registro Público: federal y electrónico

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 .  (Foto: IDC online)

Desde el año de 1998, diversas Entidades Federativas interesadas en la modernización de su Registro Público de Comercio (RPC), firmaron con la Secretaría de Economía (SE) Convenios de Colaboración para la realización de los trabajos de modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y del Comercio. Adicionalmente se realizaron las reformas al Código de Comercio (CCom) el 29 de mayo de 2000 que establecieron que ?la operación del RPC está a cargo de la SE y de las autoridades responsables del RPC en los Estados y en el Distrito Federal?, por lo cual a la fecha todas las Entidades Federativas, excepto el Distrito Federal, han suscrito el citado Convenio, surgiendo con ello el Sistema Integral de Gestión Registral (Siger).

El Siger tiene como principal objetivo automatizar el procedimiento registral en las oficinas del RPC proporcionando una herramienta que permita dar seguridad en el uso de la firma electrónica, y uso de sellos en libros; su implementación a nivel nacional permite mejores tiempos de respuesta, contempla un sistema de folio electrónico y una asignación objetiva de solicitudes con la finalidad de evitar el rezago de inscripciones y optimizar el desempeño del personal.

Asimismo, comprende las funciones de control, administración y seguimiento de los trámites ante el RPC; tiene la capacidad de llevar una memoria de todos y cada uno de los movimientos que se realizan durante el proceso registral, desde la recepción de los documentos, hasta la entrega del documento que avala la terminación del trámite.

Por lo anterior, se presentan los principales cuestionamientos sobre el funcionamiento del mencionado sistema.

¿Qué actos se inscriben en el RPCSólo se registran los actos jurídicos de naturaleza mercantil, así como aquéllos que se relacionan con los comerciantes y que conforme a la legislación lo requieran, según lo dispuesto en el artículo 18 del CCom, y 2o del Reglamento del RPC.

¿A cargo de quién se encuentra la operación del RPCConforme al artículo 18 del CCom, la operación del RPC está a cargo de la SE, y de las autoridades responsables del Registro Público de la Propiedad en los Estados y en el Distrito Federal, en términos de los Convenios de Coordinación celebrados.

En ejecución de dichos Convenios, el servicio de inscripción de actos mercantiles corresponde a las oficinas registrales establecidas en las Entidades Federativas.

A la SE le corresponde emitir los Lineamientos Necesarios para la Adecuada Operación del RPC, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2002, y vigilar que dicha operación se apegue al marco normativo.

¿Es obligatorio el SigerSegún los artículos 20, 20 Bis fracción V, 21 y 21 Bis del CCom, y del 4o al 11 del Reglamento del RPC, el Siger es el único sistema reconocido por la Ley para la inscripción de los actos de comercio.

¿Pueden inscribirse los actos de comercio en el Siger y en otros sistemas utilizados con anterioridadNo. El sistema reconocido por la Ley para la inscripción de los actos mercantiles es el Siger; cualquier otro sistema que se utilice para la inscripción de los actos de comercio no tiene un sustento legal (artículos 20 CCom y 4o del Reglamento del RPC).

¿Cómo se realizan las solicitudes de inscripción de actos mercantiles en las oficinas del RPCPuede efectuarse de la siguiente manera:

  • recepción física, que implica acudir personalmente a la oficina registral correspondiente presentando los documentos respectivos, y
  • recepción electrónica, sólo podrán realizarla los fedatarios públicos, quienes enviarán a través de Internet la solicitud y documentos correspondientes.
¿Qué documentos deben presentarse en cada caso

  • Para la recepción física: forma precodificada y el testimonio, póliza o acta correspondiente en la oficina del RPC acompañada del medio magnético que contenga tales documentos, conforme al artículo 7o, fracción I del Reglamento del RPC; y
  • en el caso de la recepción electrónica, el envío de solicitudes por medios electrónicos es exclusivo para los fedatarios públicos, para lo cual enviarán por Internet (fed@net), la forma precodificada y el archivo que contenga el instrumento correspondiente, firmados electrónicamente por el notario o corredor público.
¿Cuál es el criterio para determinar la competencia para la inscripción de actos mercantilesLas inscripciones, de conformidad el artículo 23 del CCom, deberán hacerse en la oficina del RPC del domicilio del comerciante, pero si se trata de bienes raíces o derechos reales constituidos sobre ellos, la inscripción se hará además en la oficina correspondiente a la ubicación de los bienes, salvo disposición legal que establezca otro procedimiento.

¿Qué es el folio mercantil electrónicoEs el expediente electrónico que contiene la historia de cada sociedad mercantil o comerciante identificado con un número progresivo asignado automáticamente por el sistema. Dicho expediente se genera cuando se inscribe por primera vez alguno de los actos considerados constitutivos.

Este expediente electrónico contiene los datos esenciales sobre el acto a inscribir, presenta espacios en blanco para ser llenados por el analista y revisados por el calificador, (a través del cual se inscribirán esos datos de registro), y una vez firmado electrónicamente, se agrega al folio mercantil electrónico de la unidad registral correspondiente, para formar parte de su historial registral.

¿Qué actos son considerados constitutivos y en consecuencia permiten la apertura de un folio mercantil electrónicoLos actos constitutivos son:

  • constitución de sociedad mercantil;
  • constitución de sociedad de responsabilidad limitada microindustrial;
  • matriculación de comerciante individual;
  • poder otorgado por persona moral;
  • registro de estatutos de sociedad extranjera;
  • poder otorgado por persona física;
  • constitución de asociación en participación, y
  • cambio de domicilio social.
¿Cuál es el término para la calificación para la inscripción de los actos mercantilesCuando se trate de la presentación física del documento, 10 días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud en ventanilla; y en caso de que la solicitud se hubiese realizado a través de medios electrónicos, dos días hábiles contados a partir de la recepción de la misma.

Cuando existen dudas respecto de los elementos que deben contener los actos jurídicos que se presentan a registro ¿qué debe hacer el personal encargado del análisis o calificación de los documentosRemitirse a la legislación mercantil, ya que la existencia, validez y legalidad de los actos jurídicos mercantiles se encuentra prevista en la ley.

Cuando la consulta de la legislación mercantil no resuelva sus dudas, deberá comunicarse a la Dirección General de Normatividad Mercantil de la SE para que lo auxilien y asesoren.

¿A quién le corresponde firmar los actos en la base de datos del RPC de cada oficina registralAl responsable de la oficina del RPC o registrador, en la etapa de calificación, según lo dispone el artículo 20 Bis, fracción II del CCom.

¿Cuál es la finalidad de integrar una base de datos central del RPCBásicamente son, resguardar la información:

  • de todas las oficinas registrales, para que en caso de pérdida de la información en las oficinas por una causa fortuita o de fuerza mayor, tales oficinas puedan recuperar la información y continuar con la prestación del servicio. De esta manera la pérdida será menor, ya que la información a reponer es aquélla que no fue replicada, y
  • para seguridad del público en general, pues en caso de discrepancia o presunción de alteración de la información del RPC en la base de datos de alguna Entidad Federativa o sobre cualquier otro respaldo, prevalecerá la información registrada