Tarifas por gestiones notariales

Costos que los notarios del DF podrán cobrar por sus servicios en el 2007

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 .  (Foto: IDC online)

Este arancel, según los artículos 1o al 4o de la Ley del Notariado para el Distrito Federal, determina la remuneración que los notarios cobrarán por los servicios profesionales que presten en el ejercicio de su función, misma que comprende la totalidad de los gastos notariales, permitiéndoles recuperar las erogaciones que hacen para un servicio adecuado, y de los honorarios que cobrarán, retribuyéndoles el servicio profesional que prestan.

Los notarios están obligados a no cobrar como remuneración ninguna cantidad adicional, excepto las correspondientes a: impuestos, derechos, documentos, certificados, certificaciones, constancias, publicaciones, avalúos y demás erogaciones que efectúe por cuenta del solicitante, necesarias para el otorgamiento del instrumento, erogaciones que deberán justificar a sus clientes.