Preámbulo
El ahorro es quizá uno de los hábitos menos arraigados en la cultura nacional, lo cual implica que los mexicanos constantemente tengamos que hacer malabares para cumplir con nuestros compromisos, situación que nos obliga a buscar otras alternativas para allegarnos de recursos, por ejemplo la organización de tandas, rifas, ventas de productos o alimentos, acciones que por sí mismas no son malas, pero si se realizan en horas de labores dentro de la compañía definitivamente dañan la productividad.
No existe mejor antídoto que fomentar el ahorro entre los colaboradores, a través de campañas en tableros, memorándums, intranet, entre otros medios, sobre todo en los períodos de pago de prestaciones fuertes como las utilidades, el aguinaldo o los premios o incentivos.
Otra de las medidas ampliamente difundidas en las empresas es la constitución de cajas de ahorro, donde los propios trabajadores tienen la ventaja de intervenir en su administración y control.
Por ello, el propósito del presente trabajo es ofrecer a los lectores la información necesaria para orientar a aquellos colaboradores que deseen establecer este instrumento de ahorro dentro de su corporación.
Características
Para poder aplicar adecuadamente esta figura en las organizaciones, resulta necesario conocer sus principales características, mismas que pueden observarse en el siguiente cuadro:
Aspecto | Contenido |
Definición | No existe una definición específica de caja de ahorro prevista en la Ley Federal del Trabajo (LFT), sólo el artículo 110, fracción IV, relativo a los descuentos aplicables a los salarios de los subordinados, hace alusión a ella como un supuesto de retención a los ingresos laborales permitido a los patrones. No obstante, los tribunales de la materia establecieron la acepción de las cajas de ahorro en la tesis de jurisprudencia 2a. CCXXXI/2001, rubro: CAJAS DE AHORRO. SU EVOLUCIÓN DOCTRINAL Y LEGISLATIVA, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XVI, de octubre de 2002. Novena Época, pág. 466, donde se precisa: “De acuerdo con la doctrina, las cajas de ahorro son asociaciones constituidas por trabajadores o empleados de un centro de trabajo que, utilizando las aportaciones económicas de éstos, otorgan créditos o préstamos a los propios trabajadores con tasas de interés reducidas..." |
Propósito | Fomentar el ahorro de los subordinados participantes, así como otorgarles préstamos de fácil acceso y con intereses bajos, para solventar sus contingencias o necesidades personales |
Participantes | Aquellos subordinados en activo de las compañías que decidan constituir la caja de ahorro. Los participantes se pueden clasificar en:
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Requisitos para ser participante | Generalmente a los colaboradores interesados en integrarse a la caja se les exige como mínimo las siguientes condiciones:
ser mayor de edad, y
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Supuestos de exclusión | Son dos y se concretan cuando:
En estos casos los subordinados separados deben cubrir cualquier adeudo pendiente con la caja de ahorro y tienen derecho a exigir que se les pague cualquier cantidad que resulte a su favor |
Derechos de los participantes |
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Obligaciones de los participantes |
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Papel patronal | Si bien el patrón no interviene en la constitución y administración de la caja, si los trabajadores se lo solicitan y éste acepta, debe retener las cuotas correspondientes de los salarios de los trabajadores y enterarlas a los representantes de la caja |
Estatutos de la caja de ahorro | Para la correcta operación de la caja de ahorro, los trabajadores que deseen constituirla deben convocar a una asamblea general, donde formulen las políticas de conformación y funcionamiento del fondo (estatutos). En este instrumento se reglamentan diversos aspectos, a saber:
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Diferencias con el fondo de ahorro
Como se observa, la caja de ahorro está integrada por los trabajadores y su objeto es fomentar el ahorro, entre los mismos, para su beneficio propio, en donde el patrón no tiene injerencia en su administración, contrario a lo que sucede con el fondo de ahorro, el cual es una prestación que otorga la empresa a sus colaboradores, y por ende ésta es quien tiene la total responsabilidad de su manejo, de ahí que por su amplio contenido, este último será tratado en ediciones posteriores.
Efectos en seguridad social
Al estar conformada por cantidades aportadas exclusivamente por los trabajadores a la caja de ahorro, no se trata de una prestación patronal, por tanto no forman parte del salario base de cotización para el pago de cuotas obrero-patronales, ya que sólo integran aquellas cantidades pagadas por las compañías a su personal como contraprestación de los servicios recibidos (art. 27, primer párrafo Ley del Seguro Social)
Conclusiones
La implementación de la cajas de ahorro permite a los subordinados contar con un fondo propio para hacer frente a las necesidades que pudiesen surgir, además de fomentar el hábito del ahorro, por lo que resulta positivo para los patrones otorgar a sus colaboradores las facilidades necesarias para implementarlas, pues con ello, además de ayudarlos, se propicia un mejor clima laboral.
Pero para que todo marche bien, es recomendable que la empresa recabe y conserve la solicitud de sus trabajadores, relativa a los descuentos en sus salarios; los recibos donde quedan plasmados éstos, así como que obtenga de los administradores de la caja de ahorro el comprobante de que los enteró en tiempo y forma, ya que de lo contrario podría recibir demandas laborales por rescisión al argumentar los colaboradores reducciones indebidas a su salario en términos del numeral 51, fracción IV de la LFT.