Personas físicas a pagar utilidades

Concluye el plazo para que este tipo de patrones otorguen el pago de la PTU

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 .  (Foto: IDC online)

Este viernes 29 de junio vence el plazo para que las personas físicas que sean patrones realicen el pago por concepto de participación de utilidades, informó la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

La dependencia recordó que la participación de utilidades es un derecho establecido en el Artículo 123 de la Constitución, así como en el Artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que consiste en el pago adicional al salario que deben realizar los patrones cuando éstos han obtenido utilidades en el año fiscal anterior.

“El pago de las utilidades, además de ser un mecanismo que estimula la productividad de los trabajadores, contribuye a la redistribución de los recursos y la competitividad, lo cual abona al principio de justicia social”, apuntó la Profedet.

De acuerdo con la LFT, la participación de utilidades se debe cubrir a los trabajadores antes del 30 de mayo, cuando el patrón es persona moral, y antes del 30 de junio, si el empleador es una persona física.

Si en este último caso no recibes reparto de utilidades, la Profedet recomienda acudir a sus oficinas para recibir asesoría.