Pretenden limitar el pago de salarios caídos

Se limitará el pago de salarios caídos que deberán cubrir los patrones que despidan injustificadamente a un trabajador

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 .  (Foto: IDC online)

Actualmente, cuando un patrón no comprueba en juicio la causa por la cual despidió a un trabajador, éste tiene derecho a que se le reinstale o a que se le pague una indemnización equivalente a 3 meses de salario. Adicionalmente, tiene derecho a que se le cubran los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se cumplimente el laudo. Esta situación ha provocado que muchos litigantes en materia laboral alarguen los procedimientos, con el único fin de cobrar grandes cantidades, lo que ha puesto en jaque a muchas empresas, produciendo inclusive el cierre de varias de ellas, al no poder cubrir las cantidades estratosféricas a las que han sido condenadas, desafortunadamente algunas veces sin justificación.                                        

A fin de terminar con esta práctica, en la iniciativa que actualmente se discute en la  Cámara de Diputados se propone limitar el pago de salarios caídos a un año. Sin embargo, si pasado dicho plazo todavía no se concluye con el juicio o no se ha dado cumplimiento al laudo, también deberán pagarse al trabajador los intereses que se generen sobre el importe de 15 meses de salario, a razón del 2% mensual, capitalizable al momento del pago.

Con esta reforma se pretende preservar el carácter indemnizatorio de los salarios caídos y disminuir de manera considerable la duración de un juicio, evitando también las cargas irracionales que tienen la mayoría de las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Esta propuesta tiene muchas aristas que deberán ser analizadas a conciencia por nuestros legisladores, pues si bien, es importante controlar de una vez por todas el famoso chicaneo de los asuntos por parte de los litigantes e inclusive de los llamados coyotes, también lo es que se debe considerar hasta donde se puede limitar el derecho de los trabajadores a recibir esta indemnización.