Adelantos de la ciencia en la reforma laboral

Fotografías, grabaciones de audio y de video y correos electrónicos podrán usarse como prueba en los juicios laborales

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 .  (Foto: IDC online)

No hay duda que el avance tecnológico ha revolucionado todos los campos del ser humano; y el Derecho no es la excepción, la transmisión electrónica de todo tipo de datos, así como su conservación ha motivado la imposición de controles legales para su desarrollo y aceptación en los diferentes ámbitos.

Durante los últimos años, diversas legislaciones como los Códigos Civil Federal, el Federal de Procedimientos Civiles, y el de Comercio, así comola Ley Federalde Protección al Consumidor, han regulado el uso y conservación de este tipo de información; ordenamientos que supletoriamente se han aplicado en el desahogo de juicios de carácter laboral, principalmente en la etapa de exhibición de pruebas, pues la ley de la materia es omisa al respecto.

Una propuesta importante contemplada en dictamen de reforma a la Ley Federalde Trabajo que está en proceso de revisión en la Cámara de Senadores, es la referente a la admisión de elementos aportados por los avances de la ciencia como pruebas en un juicio laboral, tales como:

  • fotografías
  • cintas cinematográficas
  • registros dactiloscópicos
  • grabaciones de audio y de video
  • tecnologías de la información y la comunicación:
    • sistemas informáticos
    • medios electrónicos ópticos
    • fax
    • correo electrónico
    • documento digital
    • firma electrónica o contraseña, y
    • otros medios aportados por los descubrimientos de la ciencia

Además precisa que cuando en un juicio laboral, alguna de las partes ofrezca una prueba de este tipo, estará obligada a proporcionar a la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA) competente los instrumentos, aparatos o elementos necesarios para que se aprecie el contenido de los registros y se reproduzcan los sonidos e imágenes que contienen, por el tiempo requerido para su total desahogo, y solo en caso de que se justifique el impedimento para hacerlo, la Junta los proporcionará.

También señala que cuando el trabajador o patrón presente como prueba un documento digital deberá entregarle a la JCA una impresión o copia de dicho documento y señalar los datos mínimos para su localización en el medio electrónico del que se trate.

Por su parte la JCA:

  • nombrará los peritos que se requieran, a fin de que comuniquen si la información contenida en el documento digital es íntegra e inalterada, ubicándola en el tiempo y espacio entre el emisor y destinatario. Además deberán responder las preguntas que tanto las partes comola propia Juntaconsideren convenientes, y
  • podrá asistirse de elementos humanos y tecnológicos necesarios para el desahogo de este tipo de pruebas

Como puede observarse esta reforma pretende establecer las reglas y bases para la comprobación, el ofrecimiento y desahogo de pruebas tecnológicas en cualquier juicio laboral, pues es un hecho que los medios electrónicos son una herramienta útil e imprescindible para el trabajo normal de cualquier empresa.