¡Extra! En breve criterios para imponer multas

La STPS dará a conocer algunos criterios para evitar que las autoridades laborales incurran en prácticas indebidas al momento de imponer multas

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 .  (Foto: Redacción)

Recientemente se llevó a cabo en la ciudad de México el seminario “Nuevo marco jurídico de la subcontratación”, organizado por la  Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH).

Dicho evento contó con la participación de  expertos en materia laboral como el doctor Hugo Ítalo Morales (director de la firma de abogados Hugo Ítalo Morales y Asociados), el licenciado Ricardo Martínez Rojas (socio del despacho Baker & Mackenzie), el licenciado Rafael Adrián Avante Juárez (Subsecretario del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social –STPS–), entre otros renombrados especialistas, quienes abordaron diversos tópicos relacionados con las enmiendas a la LFT.

Uno de los temas que atrajo más atención debido a la posible afectación al patrimonio de las empresas fue el de la imposición de multas por los montos que éstas representan, considerando que son aplicables por cada trabajador afectado en el incumplimiento de una obligación patronal.

El Subsecretario del Trabajo de la STPS, el licenciado Rafael Adrián Avante Juárez señaló que la dependencia está consciente de las repercuciones económicas que producen a los patrones las nuevas multas por la inobservancia de sus obligaciones laborales, por tal motivo están elaborando una serie de criterios aplicables a nivel federal y posteriormente al ámbito local, los cuales contendrán los instrumentos necesarios para evitar y  controlar los excesos que se llegarán a producir en el proceso sancionador.

Enfatizó que dentro de estos lineamientos un aspecto primordial es la comunicación que tengan las compañías con la autoridad  para poder advertir de manera apropiada y oportuna cuando se esté presentando alguna extorsión por parte de los inspectores, porque se debe recordar que las áreas jurídicas de las Delegaciones Federales del Trabajo o la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la STPS son quienes están facultadas para imponer sanciones.

Se prevé que con este tipo de medidas se podrá echar abajo esas conductas dañinas que desvirtúan y tiran por tierra todo el esfuerzo orientado a instituir la nueva cultura laboral que involucra la productividad; competitividad; acceso al mercado de trabajo; mejores ingresos para las empresas y los trabajadores; acceso a los beneficios otorgados por el IMSS y la garantía de salud en los centros de trabajo a través del cumplimiento de las normas de seguridad e higiene.

La creación de estos parámetros está alineada a la política de la STPS de imponer multas solo de manera excepcional, esto es, enfocar un 90% de sus acciones y recursos en medidas de carácter preventivo y el 10% restante en correctivas. Esto porque se tiene claro que una multa no restituye los derechos laborales de los trabajadores, ni su salud o su vida.

El Subsecretario del Trabajo aclaró a los asistentes al seminario que el incremento sustancial en las sanciones está dirigido a los patrones para quienes las cuantías de las multas antes de la reforma eran insignificantes, porque consideraban más barato pagar la multa que cumplir con sus obligaciones.

También mencionó que el más alto porcentaje de fuentes de empleo en nuestro país provienen de las micros, pequeñas y medianas empresas, por ende la STPS no puede, ni comprometerá la productividad de éstas, a partir de un ejercicio indiscriminado del proceso de imposición de multas.

Destacó que si se observa lo dispuesto en la LFT reformada muy pronto se crearán más empresas; las compañías ya existentes van a crecer y las que hoy están en la informalidad seguramente transitarán a la formalidad, con lo que se creará un círculo virtuoso de generación de trabajo y reactivación de la economía.

IDC, Asesor Jurídico y Fiscal dará seguimiento a la creación de los criterios para la aplicación de multas que tenga a bien emitir la STPS e informar oportunamente de su contenido a usted estimado lector, con el propósito de que cuente con las herramientas necesarias para evitar abusos por parte de las autoridades laborales, así como la aplicación de multas improcedentes o por cuantías exorbitantes.