Profedet podrá conciliar con efectos jurídicos plenos

Los convenios tendrán las mismas consecuencias que los firmados en la Junta de Conciliación

Conciliación extrajudicial con Profedet
 Conciliación extrajudicial con Profedet  (Foto: Redacción)

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 438 votos a favor, una reforma a la Ley Federal del Trabajo que le otorga a la Profedet la facultad para celebrar convenios conciliatorios entre un patrón y un trabajador.

Esos documentos “tendrán las mismas consecuencias jurídicas y el mismo reconocimiento” que los firmados en la Junta de Conciliación y Arbitraje, precisó la Cámara baja en un comunicado.

El dictamen reforma la fracción II del artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo y surge de una iniciativa presentada por la diputada Zuleyma Huidobro González (Movimiento Ciudadano).

“Las actas y los convenios elaborados y aprobados por los Procuradores Auxiliares fuera de juicio tendrán validez jurídica, siempre y cuando los trabajadores no renuncien a los salarios devengados, a las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados”, explicó el órgano legislativo.

Si bien el Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) prevé mecanismos de conciliación, “es viable dar un rango de ley” a esa facultad al incorporarlos en la norma laboral mexicana. De esta forma, la Profedet podrá citar a las partes interesadas para celebrar pláticas conciliatorias, con el objeto de solucionar sus conflictos.

Tras su aprobación en San Lázaro la minuta se turnó al Senado de la República para su revisión.