Afiliación al Infonacot, nueva obligación patronal

Conozca el trámite y los requisitos para la afiliación ante dicho instituto, así como las repercusiones para su empresa y los créditos que otorga

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Hace casi cuatro décadas (2 de mayo de 1974) se constituyó el contrato fiduciario que dio inicio a las labores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores, (Fonacot), tomando como base legal para su creación el numeral 103-Bis de la LFT.

El 24 de abril de 2006 el Fonacot abandonó su figura de fideicomiso convirtiéndose en un organismo público descentralizado de interés social sectorizado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con personalidad jurídica y patrimonio propio y autosuficiencia presupuestal; además adoptó el nombre de Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot).

El propósito de este ente, desde su creación, es apoyar a la clase trabajadora con una amplia gama de financiamientos para la adquisición de bienes y servicios a través de créditos baratos, para elevar su nivel de vida y el de sus familiares.

No obstante, para que un trabajador pudiese obtener los beneficios del Infonacot, hasta el 30 de noviembre de 2012 era necesario que los patrones accedieran voluntariamente a afiliarse ante dicho instituto.

Este escenario cambió desde el 1o. de diciembre de 2012, pues la LFT enmendada en su numeral 132, fracción XXVI Bis prevé como obligación patronal afiliar su centro de labores ante el Infonacot.

Trámite que según el artículo segundo transitorio de tal ordenamiento legal tiene que realizar a más tardar el próximo 1o. de diciembre.

Ante la cercanía de esta fecha a continuación se abordan los beneficios y la gestión que deben efectuar las empresas para estar debidamente registradas en dicha institución.

Marco legal

Las normas en materia laboral aplicables al Infonacot advierten la necesidad de los trabajadores de tener una vida digna y con calidad, al contemplar la posibilidad de que éstos adquieran bienes muebles y contraten servicios con cargo a su salario para alcanzar tal fin, pero también imponen límites respecto a la afectación de su percepción salarial para el pago de la deuda contraída, porque se debe garantizar su subsistencia.

Esto involucra a los patrones y los hace responsables de la aplicación de las normas protectoras al salario previstas en la LFT, así como de hacer los descuentos y enterarlos al Infonacot.

En el siguiente cuadro se observan las diversas disposiciones que regulan al Infonacot como ente financiero para la adquisición de bienes y contratación de servicios, así como las relativas a la afectación del salario de los subordinados acreditados:

Propósito y bases de operación del Infonacot

Fundamento  Contenido 
103 bis, LFT   El Infonacot debe definir las bases para el otorgamiento de créditos encaminados a dar las mejores condiciones del mercado, y que faciliten el acceso a servicios financieros para el fomento del ahorro y la consolidación del patrimonio de los trabajadores
1 y 2, Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Linfonacot)  Reconoce al instituto como un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica cuyo objeto es promover el ahorro de los trabajadores, otorgarles financiamiento y garantizar el acceso a sus créditos para adquirir bienes y pagar servicios
Reglamento de la Linfonacot Contiene las disposiciones sobre la operación, la organización, el funcionamiento y el control del Infonacot 
Estatuto Orgánico del Instituto Infonacot  Prevé las bases de organización administrativa, funciones, facultades, atribuciones y obligaciones del instituto, así como de sus órganos colegiados, sus áreas y servidores públicos 
Lineamientos de Operación para la Afiliación de Patrones como Centro de Trabajo ante el Infonacot y para el Otorgamiento y Recuperación del Crédito (LOAPCT)  Detalla los términos y requisitos para el trámite de afiliación patronal en la página de Internet: www.fonacot.gob.mx, así como para el otorgamiento y recuperación del crédito

Descuentos al salario de los trabajadores

Fundamento Contenido 
123, A, fracción VIII, CPEUM 1  Señala que el salario mínimo queda exceptuado de embargo, compensación o descuento 
9 y 110, fracciones IV y VII, LFT  Permite descontar como máximo el 10% de la percepción del trabajador cuando se trate del salario mínimo, pero si éste percibe un ingreso superior, es el 20% 
132, fracción XXVI, LFT  Obliga a los patrones a aplicar a los salarios de sus trabajadores los descuentos mencionados. Esto no lo convierte deudor solidario del crédito 

Nota: 1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Alcances de la afiliación patronal

Sujetos obligados

Están obligados a inscribirse, entre otros, las personas físicas o morales privadas cuando utilicen los servicios de uno o varios trabajadores; quienes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • personas físicas: deben estar inscritas ante el Servicio de Administración Tributaria y el IMSS, y
  • personas morales: adicionalmente deben estar constituidas como una sociedad o asociación constituida bajo el marco legal vigente (Arts. Segundo y Séptimo, LOAPCT).

Formas de afiliación

Podrá realizarse por medios electrónicos o en las oficinas del Infonacot, a través de su propietario, apoderado legal, representante o funcionario facultado para tal efecto.

Aplicación y entero de descuentos

El patrón debe descontar a los salarios de sus trabajadores las amortizaciones correspondientes de manera semanal, quincenal, mensual o en la periodicidad establecida para tales efectos. Mismas que tiene que enterar mensualmente en las oficinas del Infonacot o en la institución bancaria designada para ello, mediante transferencia electrónica, cheque o abono en cuenta del instituto, informándole a éste a más tardar al día siguiente del depósito efectuado y debiendo remitirle una copia sellada del documento que acredite la cantidad y fecha de su pago (Lineamiento Décimo Cuarto, LOAPCT).

Para eso las compañías pueden utilizar el servicio “Portal Multibancos” ubicado en www.capacitación.fonacot.gob.mx, a través del cual pueden programar el descuento en nómina y el pago a realizar al Infonacot, así como descargar los archivos y capturar las incidencias (incapacidades o bajas de los trabajadores acreditados).

Según el numeral Décimo Séptimo de los LOAPCT, no habrá obligación de efectuar descuentos cuando se:

  • suspenda o termine la relación laboral con el trabajador acreditado
  • otorgue permisos sin goce de salario al colaborador acreditado
  • efectúe un despido masivo o un estallamiento de huelga, o
  • presente cualquier otra causa que interrumpa, concluya o modifique la relación laboral con el trabajador acreditado

Se constriñe al patrón a notificarle al Infonacot por correo electrónico sobre alguna de las causas descritas en un plazo no mayor a cinco días hábiles siguientes a aquel en que ocurra o tenga conocimiento del evento respectivo, así como a confirmar tal hecho por medio de un escrito libre firmado por la persona autorizada, debiendo adjuntar los documentos de soporte correspondientes.

Responsabilidad solidaria

La falta de cumplimiento de las obligaciones en materia de retención y entero de descuentos señaladas provoca que el patrón responda solidariamente del crédito (Arts. Décimo Séptimo y Vigésimo Sexto, LOAPCT).

Es de observar la notoria divergencia con lo dispuesto en el artículo 132, fracción XXVI de la LFT que establece que el crédito obtenido por un trabajador con el Infonacot no convierte al patrón en deudor solidario, por lo que la regulación que debe prevalecer es la contenida en la LFT, porque este ordenamiento legal es jerárquicamente superior a los LOAPCT.

Adicionalmente, el patrón debe pagar las penas convencionales por enteros extemporáneos, considerando como tales los que realice la empresa a partir del día hábil siguiente a la fecha límite para hacer el entero (Art. Vigésimo Quinto, LOAPCT)

Sanciones

La falta de afiliación de los centros de trabajo constituye una infracción sancionable con multa equivalente a 50 a 5,000 veces el salario mínimo general, esto es, de $3,238.00 a $323,800.00, por cada trabajador afectado (arts. 992 y 1002, LFT).

Por el incumplimiento de efectuar los descuentos al salario de los trabajadores y el entero de los mismos al Infonacot, la sanción aplicable y su fundamento legal son los mismos a los señalados en el párrafo anterior.

Cómo se lleva a cabo la afiliación

El patrón a registrar debe realizar las siguientes gestiones: 

Trámite  Lugar de realización  Documento a obtener  Requisitos 
Pre-afiliación 1   En el sitio electrónico del Instituto: http://www.fonacot.gob.mx Acuse de Afiliación como Centro de Trabajo con el número de afiliación 2  
  • Número de Registro Patronal ante el IMSS (NRP)
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y
  • firma electrónica avanzada (FIEL) 3
Evaluación del centro de trabajo 4   En el domicilio del centro de trabajo   La afiliación definitiva y la evaluación del centro de trabajo para otorgamiento decrédito Infonacot 5  
  • Comprobante para acreditar dos años de haberse establecido
  • no tener claves de prevención o de información en el sistema de alertas o exceder de 59 días de atraso en sus compromisos de pago ni claves de observación emitidas por despachos de cobranza
  • constancia de afiliación para centros de trabajo por cada NRP patronal y la autorización para solicitar reportes de crédito firmada
  • cédula del RFC con fecha de inicio de operaciones
  • poder notarial para actos de administración o pleitos y cobranzas o especiales
  • identificación oficial con fotografía del propietario o representante legal
  • formato de información complementaria firmado 6
  • tarjeta de solicitud de registro del centro de trabajo 7
  • constancia del Taller de capacitación de entero, descuento y pago de crédito Infonacot 8
  • relación de Alta de Sucursales debidamente llenada, si la empresa tiene,9 y
  • comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses

Notas: 

1 Puede realizarlo la persona designada por el propietario o representante facultado
2  Se afilian también las sucursales, pero el centro de trabajo matriz es el responsable de todas las operaciones que aquellas realicen con el Infonacot
3 Tenga a mano la contraseña de clave privada, la clave privada (*.key) y el Certificado (*.cer). El patrón persona física puede ocupar en sustitución de la FIEL, su Clave Única del Registro de Población (CURP)
4 Puede realizarlo el propietario o representante legal o la persona designada por éstos
5 El organismo revisa y evalúa el historial crediticio del patrón, en caso de representar un riesgo se reservará el derecho a otorgar créditos
6 Se obtiene en el portal del Infonacot www.infonacot.gob.mx, opción Empresa, seleccionar del menú el rubro Afilia aquí a tu empresa; oprimir la opción Paso2: Evaluación del centro de trabajo para torgamiento de crédito Fonacot y ubicar en el menú, el documento de referencia
7   La envía el propio Infonacot al centro de trabajo para ser requisitada
8   Se obtiene a través del portal de Internet del Infonacot, una vez que se concluye satisfactoriamente el Taller de capacitación de entero, descuento y pago de crédito Infonacot
 Es localizable en el portal del Infonacot www.infonacot.gob.mx, opción Empresa, seleccionar del menú Afilia aquí a tu empresa; oprimir la opción Paso2: Evaluación del centro de trabajo para otorgamiento de crédito Fonacot y ubicar en el menú desplegado el documento de referencia

A fin de ilustrar a los lectores cómo se lleva a cabo cada una de estas gestiones, a continuación se presenta el siguiente caso práctico.

Caso práctico

El ingeniero Rubén Alejandro Alejandro es propietario de una escuela de manejo de automóviles y tiene 12 empleados, quienes laboran en el único centro de trabajo que tiene abierto. A fin de cumplir con esta obligación laboral, de acuerdo con las indicaciones de la página en Internet del Infonacot, debe realizar lo siguiente. Para tal efecto se presenta la siguiente información.

Datos generales

Nombre de la persona física:  Rubén Alejandro Alejandro
RFC:  ALAR750501YO6 
CURP:  ALAR750501HDFXUS08
NRP: M8765328765 
Domicilio: Calle Azul número 111, colonia José Vasconcelos, Delegación Tláhuac, México, DF, CP 19834 
Actividad económica: Servicio de capacitación para manejo de automóviles

Pre-afiliación en Internet 

Ingresar a la página web: www.fonacot.gob.mx; seleccionar la pestaña Empresa; pulsar en el menú visible en el lado izquierdo de la pantalla Afilia aquí tu empresa; posteriormente al final de la pantalla dar clic en el botón Inicia aquí tu afiliación como CENTRO DE TRABAJO (dame clic)

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En la siguiente pantalla se presentan los LOAPCT, mismos que se deben leer y aceptar en todos sus términos para poder realizar el trámite afiliatorio

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En la pantalla desplegada se difunden los TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA “FIEL”, aquí debe pulsar forzosamente Aceptar

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En el recuadro en blanco que aparece en la pantalla Información de contacto del Centro de Trabajo, debe escribir el Número de Registro Patronal y oprimir Aceptar. Enseguida en el menú Verificación, escribir el Código de Verificación solicitado por el sistema y después dar clic en el botón Aceptar

 

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De inmediato se visualizan dos apartados, en donde están precargados los datos de la empresa; el patrón debe oprimir el Paso 1 Información de Contacto del Centro de Trabajo; escribir en el espacio Código Postal el dato respectivo y pulsar el recuadro Para obtener tu colonia captura el código postal y pulsa aquí, seleccionar la colonia en la ventana que dice Colonia Delegación/Municipio Estado, y posteriormente Cerrar

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A fin de continuar con la Pre-afiliación se debe oprimir Paso 2 Información del Centro de Trabajo ubicado a la mitad de la pantalla y en el punto 6. Sector Empresarial hay que elegir el correspondiente a la compañía y presionar Siguiente

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Se muestran el Paso 3 Datos del Propietario o Representante Legal y el Paso 4 Finalizar la Afiliación, pulse el primero y elija la opción Propietario de la Empresa (ya que en este caso el interesado es persona física) y llenar las casillas con los datos del patrón requeridos

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Oprimir el Paso 4 Finalizar la Afiliación, seleccionar el renglón Persona Física (PF), e inmediatamente presionar Aceptar en el recuadro de diálogo desplegado. Le seguirá una pantalla que requiere la Autenticación con FIEL/CURP de quien tramita, ahí debe anotar la CURP correspondiente y dar clic en Continuar. Se abre otra ventana que muestra el REGISTRO DE OPERACIÓN a la que se le debe presionar Continuar para generar el Acuse de Afiliación como Centro de Trabajo

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En la ventana Confirmación de Registro, el patrón puede apreciar su número de afiliación, aquí tiene que presionar Imprimir Constancia

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Evaluación del centro de trabajo

Se realiza directamente en las oficinas del Infonacot con el objeto de que el personal de la sucursal correspondiente revise el historial crediticio del centro de trabajo y si es posible que sus trabajadores sean beneficiados con los productos ofrecidos por dicha entidad. Este procedimiento conlleva las siguientes acciones:

Después de las 48 horas siguientes a la obtención del Acuse de Afiliación como Centro de Trabajo y la Constancia de Afiliación de Centros de Trabajo, el patrón debe ingresar a la página de Internet www.fonacot.gob.mx para tomar el “Taller de Capacitación” que le permitirá manejar adecuadamente el Portal Multibancos.

Para tal efecto pulse la opción Empresa. Después en el menú ubicado en el extremo izquierdo seleccionar taller de capacitación y en la siguiente pantalla oprimir el botón rojo inicia aquí tu TALLER DE CAPACITACIÓN (dame clic). En la siguiente edición se abordará este tópico

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Esperar que el Infonacot lo contacte vía telefónica o por correo electrónico (aproximadamente ocho días) para que recabe los documentos y la información que le sea requerida y los entregue al funcionario que lo visite en el domicilio de su centro de trabajo (generalmente se realiza en el transcurso de una semana).

Entregada toda la documentación, el Instituto efectuará la evaluación del historial crediticio del patrón, y en caso de que considere viable su afiliación, procederá a la asignación del número de afiliación definitivo. Una vez asignado remitirá al centro de trabajo la tarjeta de solicitud de registro en un plazo de dos semanas.

Si se determina la improcedencia de la afiliación, el Infonacot lo hará del conocimiento de la empresa y conservará el expediente formado para que una vez que la calidad crediticia de éste sea la que el organismo requiere, existan antecedentes y posteriormente esté en posibilidad de emitir el número de afiliación definitivo –en caso de ser necesario el Infonacot puede solicitar documentos adicionales–.

Conclusiones

Conocer y cumplir con esta nueva obligación patronal, además de proporcionar al personal la oportunidad de obtener créditos baratos para adquirir bienes y servicios, evita que los patrones sean sancionados tanto por omitir su afiliación, así como por no realizar los descuentos y el entero de los mismos al Infonacot.

Finalmente observar la normatividad en este campo, brinda a las organizaciones un mejor clima laboral, pues sus trabajadores podrán acceder en cualquier momento a los beneficios brindados por dicha institución, sin necesidad de presionar a su patrón para que lo haga o de que lo denuncie ante las autoridades laborales.