En un juicio laboral el abogado requiere cédula

Sí, se requiere contar ese documento para presentarse en juicio

Somos una pequeña empresa y el hijo del dueño, que es abogado, está interesado en comparecer en la audiencia de un juicio laboral como representante del patrón, pero no cuenta con su cédula profesional, sino únicamente tiene el acta de su examen profesional.

¿Tendremos algún problema si acude a esa diligencia con dicho documento?

De conformidad con el artículo 692, fracción II de la LFT, los abogados patronos o asesores legales al comparecer en los juicios laborales están obligados a acreditar que son abogados o licenciados en derecho, a través de una cédula profesional o en su caso por medio de una carta de pasante vigente expedida por la autoridad competente para ejercer esa profesión.

En tal virtud el acta señalada en su cuestionamiento no sirve para realizar tal acreditamiento, por ende si la persona referida en su consulta acude y no presenta cualquiera de los documentos señalados, provocará que la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA) respectiva tenga al patrón por no comparecido y las pretensiones del colaborador contenidas en su escrito inicial de demanda serán consideradas como ciertas y ésta resuelva finalmente a favor de aquel (art. 879, tercer párrafo, LFT).