Rescisión por toxicidad ¿válida?

Sí, mientras que la sustancia encontrada en el examen comprometa la seguridad del establecimiento

Bimestralmente realizamos evaluaciones médicas a todos nuestros operadores de las máquinas cortadoras de papel.

Observamos que uno de ellos dio positivo en cannabis (marihuana). ¿Podrían orientarnos sobre cuál es la causal del artículo 47 de la LFT aplicable?

El hecho materia de su consulta no está previsto en el artículo 47 de la LFT, pero es análogo a los contenidos en las fracciones VII y XIII, porque con ese proceder el sujeto comprometió la seguridad del establecimiento o las personas que se encuentran en él.

Por tanto, al citar a su subordinado y al elaborar el aviso de rescisión deberán invocarse los referidos preceptos señalando que en el examen realizado en mayo se detectó esa sustancia (art. 47, fracc. XV, LFT).