Finiquito a subordinado sujeto a juicio penal

Si él lo solicita antes debe presentar su renuncia

Nuestro trabajador que está sujeto a un proceso penal desde hace un año, este, por medio de su hermano, nos pide que le enviemos el importe de su finiquito, pues requiere afrontar ciertos gastos.

Vacilamos en acceder a su petición porque la relación laboral que nos une está suspendida porque aún no existe sentencia que le imponga pena de prisión. ¿Podrían orientarnos?

Efectivamente conforme al artículo 42, fracción III de la LFT, el vínculo de trabajo que los une con ese trabajador está suspendido, en virtud de que el proceso penal en su contra continúa.

Sin embargo esta situación no impide que el subordinado manifieste su voluntad de terminar la relación que los une, y por ende, proceda el pago del finiquito que requiere.

Así las cosas, para que ustedes accedan con certeza jurídica a la petición del subordinado objeto de su consulta tendrán que indicarle, a través de su familiar, que debe:

  • elaborar y hacerles llegar un escrito por el cual exprese su deseo de renunciar a su trabajo, debidamente firmado, porque de esto se desprende la obligación patronal de cubrir el finiquito correspondiente (art. 53, fracc. I, LFT), y
  • designar a su hermano como apoderado mediante una carta poder firmada ante dos testigos para cobrar sus prestaciones laborales (art. 100, LFT)