Trabajadores no son parte en juicio contencioso

El personal no debe ser llamado en un litigio entre el patrón y el IMSS por falta de pago de las aportaciones de seguridad social

TERCEROS INTERESADOS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. NO TIENEN ESE CARÁCTER, LOS TRABAJADORES RESPECTO DE LOS CUALES SE DETERMINA A CARGO DEL PATRÓN UN CRÉDITO FISCAL POR LA OMISIÓN DE ENTERAR LAS CUOTAS OBRERO PATRONALES AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.- En términos de la fracción III, del artículo 3o., de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la figura del tercero interesado es aquella persona (física o moral) que tenga intereses diversos a los de la parte actora. En ese sentido, para que exista un derecho contrario a la pretensión del actor, es necesario que a través del acto impugnado se haya dejado intacto, restituido o generado un derecho a la persona o personas que se pretende sean llamadas a juicio. Ello dado que, solo de esa manera se justificaría su interés en que se reconociera la legalidad de la resolución administrativa impugnada. Por tanto se concluye que no resulta procedente llamar a juicio a los trabajadores de la actora, respecto de los cuales se le determinaron créditos fiscales por la omisión de enterar las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social al no tener intereses contrarios a los de la demandante.

Recurso de Reclamación interpuesto en el Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3440/14-11-02-4-OT.- Resuelto por la Segunda Sala Regional Hidalgo-México del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 9 de octubre de 2014, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Victorino Manuel Esquivel Camacho.- Secretario: Lic. José Manuel Morales Gómez.

 

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 43. Febrero 2015. p. 182

Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Séptima Época, Año V, Núm. 43, p. 182, VII-CASR-2HM-23, Tesis Aislada, febrero 2015. Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Séptima Época, Año V, Núm. 43, p. 187, VII-CASR-2HM-26, Tesis Aislada, febrero 2015.