Tablas de incapacidades de RT lucen por su ausencia

Son enfermedades de trabajo las determinadas por la LFT y por actualizaciones de la STPS

Los seguros de vida o de gastos médicos son contratos
 Los seguros de vida o de gastos médicos son contratos  (Foto: Redacción)

Actualmente son enfermedades de trabajo las determinadas por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y, en su caso, por la actualización que realice la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) —art. 476, LFT—.

Según el artículo 513 de la LFT la Secretaría, previa opinión de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CCNSST), está obligada actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y de evaluación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo. Estas tablas se publicarán en el DOF, serán de observancia general en todo el territorio nacional y revisables cada vez que se considere necesario y conveniente para el país, siempre y cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen.

No obstante, la STPS debió expedir estas tablas a más tardar el 1o. de junio de 2013, esto es en un término de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor de la nueva ley laboral; lo que lamentablemente a la fecha de cierre de esta edición no ha ocurrido, a pesar de su notorio rezago.

Esto ocasiona que los trastornos emocionales y ergonómicos sean tratados por el IMSS como enfermedades generales, pues no están reconocidos como riesgos de trabajo.

Posiblemente este excesivo retraso es por la oposición del sector empresarial a que se consideren estos nuevos padecimientos como riesgos profesionales, ya que les impactará en el cálculo de su prima del Seguro de Riesgos de Trabajo.

Si bien es cierto esto le ayudaría al Seguro Social a recaudar más, también lo es que las erogaciones en pagos de prestaciones en especie y en dinero a los trabajadores diagnosticados con estos padecimientos (de reconocerlos como enfermedades de trabajo) serían mayúsculos, lo que comprometería aún más las finanzas del mismo.

A pesar de ello ojalá pronto se lleven a cabo las actualizaciones en comento, pues es injusto que sean la salud y el patrimonio de los trabajadores los que resulten afectados por una inobservancia legal.