¡Se acerca el fin de la firma de hojas en blanco!

Aprueban diputados cambiar la LFT para que los patrones que obliguen a un colaborador signar documentos sin texto sean multados y encarcelados

Acuerdo en materia de impuestos entre México, Gran Bretaña e Irlanda del Norte
 Acuerdo en materia de impuestos entre México, Gran Bretaña e Irlanda del Norte  (Foto: Redacción)

El pleno de la Cámara de Diputados avaló y ordenó el envió a la de Senadores una iniciativa de reforma al artículo 33 de la LFT.

La propuesta por un lado prohíbe a los patrones forzar a sus trabajadores a firmar documentos en blanco, y por otro, otorgar a los segundos el derecho a denunciar esta acción coactiva ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo o las oficinas federal o local de la inspección del trabajo, dentro del lapso de 30 días a partir de la fecha de contratación.

Esto último a efectos de que dichas autoridades la conserven en secreto para que los subordinados la utilicen como medio probatorio en caso de iniciar un juicio laboral en contra de su patrón.

Asimismo este proyecto prevé la modificación al precepto 1006 de la LFT, a través de la cual se busca establecer que tales documentos sean considerados falsos, y por consiguiente el patrón sea objeto de una pena privativa de la libertad ─de seis meses a cuatro años─ y de la imposición de una multa equivalente de 125 a 1,900 veces el salario mínimo general vigente en el DF.

En nuestra opinión, si bien es cierto de conformidad con los numerales 784 y 804 todo patrón debe probar determinados hechos y conservar cierta documentación, también lo es que entre éstos, no figura, el supuesto aludido en la iniciativa de modificación en comento; consecuentemente tiene la carga de la prueba el trabajador, siempre y cuando cumpla con la formalidad de denunciar el hecho en un término perentorio de 30 días.