Cuida a tu personal, conserva sus cascos de protección
Las empresas que los requieren como parte de su equipo deben observar lo preceptuado en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
Laboral
En los centros de trabajo existen diversos procesos de labores que por sus características los subordinados se exponen a múltiples factores de riesgos por lo que requieren de equipo especial para salvaguardar ciertas partes de su cuerpo, tales como: gafas, guantes, botas, petos arneses, cascos, entre otros.
Respecto a los cascos de protección, las empresas que los requieren como parte de su equipo de seguridad deben observar lo preceptuado en el numeral 20, fracción VI del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo y en las normas oficiales mexicanas NOM-115-STPS-2009, seguridad-equipo de protección personal-cascos de protección clasificación, especificaciones y métodos de prueba y la NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-selección, uso y manejo en los centros de trabajo.
Dichas disposiciones prevén los requisitos mínimos que el patrón debe cuidar cuando selecciona, adquiere, da mantenimiento y proporciona a sus colaboradores los cascos de protección personal para protegerlos en contra de los agentes del medio ambiente laboral.
Particularmente, la NOM-115-STPS-2009 contempla una Guía de referencia denominada “Recomendaciones y Precauciones Concernientes al Uso y Mantenimiento de Cascos de Protección”, cuyo cumplimiento si bien no es obligatorio, su aplicación es recomendable para conservar en mejores condiciones estas herramientas de seguridad y con ello evitar accidentes de trabajo y la erogación de gastos adicionales en la reposición y sustitución de cascos dañados o inservibles.
Conoce las especificaciones técnicas de los cascos.