Comisión de seguridad e higiene laboral ¿Cuándo?

La formación de ese órgano en el centro de trabajo no depende de las funciones de los colaboradores

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 -  (Foto: Redacción)

Aquellas empresas que cuentan con oficinas corporativas en donde solo se encuentra personal gerencial y administrativo no están eximidas de integrar la comisión mixta de seguridad e higiene, en razón de que es deber de todo patrón constituir ese cuerpo colegiado, y que cualquier colaborador está expuesto a un accidente o enfermedad profesional (arts. 509, LFT; 7, fracc. IV, y 45, fracc. I, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo).

Es menester considerar que la LFT no hace ninguna distinción o exclusión en la observancia de este exigencia respecto de las actividades que desempeñen los subordinados.