Domingo 7 de junio no se labora

La legislación considera que los días de elecciones ordinarias no son laborables, a efectos de que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto

La funcionaria consideró que hay muy poca claridad en la forma en que se delegarán facultades de los organismos electorales
 La funcionaria consideró que hay muy poca claridad en la forma en que se delegarán facultades de los organismos electorales  (Foto: Redacción)

Por José Juan Ríos

Como sabes este domingo 7 de junio se llevará a cabo en nuestro país la jornada electoral para elegir a nuestros representantes de la Cámara de Diputados, y en algunos estados gobernadores, diputados locales y ayuntamientos

Al tratarse de una jornada de elección ordinaria, en términos del numeral 22, inciso a) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ese día es no laborable en todo el territorio nacional, pues es deber y derecho de todo ciudadano votar y elegir a sus representantes, según los artículos 35 fracción I y 36 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esto concuerda con lo previsto en el artículo 74, fracción IX de la LFT, el cual considera ese día como de descanso obligatorio.

De ahí que si este domingo requieres de los servicios de tu personal, deberás cubrirles un salario doble adicional al que habitualmente perciben (art. 75 LFT).