Reglas del programa dual de becarios

Las compañías que formen parte del Programa de Formación Dual deberán asumir los siguientes compromisos

Además del conocimiento técnico se requieren de más habilidades para conseguir un empleo (foto: Erik Meza/Expansión)
 Además del conocimiento técnico se requieren de más habilidades para conseguir un empleo (foto: Erik Meza/Expansión)  (Foto: Redacción)

Recientemente la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través del Acuerdo 06/06/15, dio a conocer las disposiciones que establecen y regulan la formación dual como una opción educativa para el nivel medio superior, la cual se materializaría mediante un “Programa de Formación Dual” (Programa).

Esta normatividad constriñe, entre otros sujetos, a las empresas interesadas en integrarse al desarrollo de la alternativa referida a cumplir con ciertos requisitos, así como a ejercer las acciones encaminadas al desarrollo del esquema en comento.

Para implementar este Programa las compañías interesadas deben tener:

  • la organización, el personal, la infraestructura y los recursos materiales necesarios para impulsarlo
  • instructores capacitados y certificados por un organismo certificador con el objeto de llevarlo a cabo, y
  • un acuerdo de colaboración con una organización empresarial con representación nacional que celebre con la SEP un convenio para impulsar y consolidar la opción educativa en comento. Esta agrupación empresarial será la encargada de verificar que la compañía partícipe en este Programa cumpla con estas reglas y los instrumentos derivadas de las mismas

Asimismo, las corporaciones que formen parte de este Programa tienen que asumir compromisos de:

  • destinar los espacios, el personal y la infraestructura necesaria y adecuada para el desarrollo de los planes de formación personalizados
  • determinar los puestos de aprendizaje en los que podrán participar los estudiantes
  • definir y elaborar, en coordinación con la institución educativa respectiva los planes de rotación de los puestos de aprendizaje
  • proporcionar oportunamente a la escuela con la que acuerden la implementación del Programa y al Comité de la Opción Educativa de Formación Dual, los datos requeridos en relación con esta actividad.

    Dicho Comité debe ser un órgano colegiado de apoyo técnico de la SEP que se encargará de coordinar y articular las estrategias y acciones para implementar la opción educativa de formación dual

  • celebrar convenios de aprendizaje con las escuelas y los educandos a fin de establecer, entre otros: los compromisos de cada parte para la realización de las actividades que les permitan adquirir conocimientos; el calendario, el horario y los periodos vacacionales, y la descripción de los apoyos que se brindarán a los alumnos
  • cumplir con los planes de formación personalizados, en los convenios de aprendizaje y de cooperación, así como en el Programa acordado con las instituciones educativas correspondientes, y
  • evitar que el periodo de formación rebase las 40 horas semanales, incluyendo una hora diaria para el auto-estudio

Algunos de los elementos característicos del Programa son:

  • que solo podrán participar las instituciones educativas que cuenten con planes de estudios de bachillerato tecnológico, profesional técnico o equivalente
  • su duración mínima sea de tres años, y
  • que las direcciones generales de Educación Tecnológica Industrial (DGETI), de Educación Tecnológica Agropecuaria (DGETA) y de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar (DGECTYM) de la SEP; las escuelas y las empresas suscriban un convenio de cooperación para formalizarlo

Por otra parte, los alumnos que deseen participar deben:

  • cursar el tercer semestre o subsecuentes del plan de estudios de la escuela
  • tener 16 años cumplidos al momento de requerir su ingreso al Programa
  • contar con el consentimiento de los padres o tutores para entrar el Programa, y
  • firmar un convenio con la empresa para beneficiarse del esquema de formación dual

El Acuerdo de referencia entró en vigor el pasado 11 de junio, salvo lo relativo a la implementación del Sistema de Información de la Formación Dual que estará vigente a partir del 25 de noviembre de 2015.

Dicho sistema se desarrollará por la SEP y contendrá los indicadores relevantes que permitirán dar seguimiento y evaluar los resultados e impacto del establecimiento de la opción educativa de formación dual.

Con esta medida se consolida una acción gubernamental implementada desde hace algunos años. Su importancia para el sector empresarial radica en que si desean participar en este esquema de formación de estudiantes deben ceñirse a los parámetros descritos.

Conozca los riesgos del programa Dual de profesionistas y técnicos.