Cuándo surte efectos una renuncia

Señalamiento de la fecha a considerar como de terminación efectiva de una relación laboral cuando se señala una fecha retroactiva

RENUNCIA. SURTE EFECTOS EN LA FECHA EN QUE SE PRESENTÓ ANTE EL PATRÓN, Y NO EN LA QUE SE SEÑALA EL PROPIO DOCUMENTO, Si la parte actora en el juicio laboral reclamó el despido injustificado del que dijo ser objeto, y la patronal se excepcionó en el sentido de que el accionante renunció a su empleo, lo que demostró con su renuncia, y advirtiéndose que en su escrito se menciona que ésta surtirá efectos en una fecha anterior a la de su presentación, es evidente que para que surta efectos legales debe tomarse en consideración la fecha en que se presentó ante la patronal demandada, porque de no ser así, el trabajador estaría renunciando a derechos adquiridos, tales como el pago de los días laborados, lo que sería contrario al espíritu de la ley laboral. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

Amparo directo 217/2006. Pascacio Vera Díaz. 24 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: José Pérez Troncoso. Secretario: José Javier Marroquín Aguilar.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, p. 1169, Materia Laboral, Tesis XX.1o.121 L, Tesis Aislada, Registro 172154, de junio de 2007.