¿Patrón ya tienes tu plan de rescate en zonas cerradas?

Si en tu centro de trabajo se hacen labores en esos espacios debes crear una guía de medidas de reacción ante un desastre

Mineras pagarán regalías
 Mineras pagarán regalías  (Foto: Redacción)

Por Angeles Paniagua

Desde el 30 de noviembre de 2015 entró en vigor la NOM-033-STPS-2015, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados (NOM), que prevé las condiciones de protección a efectos de cuidar la integridad física y mental de los subordinados que desempeñan actividades en áreas cerradas.

Se trata de lugares sin ventilación natural o deficiente, en los que una o más personas pueden realizar una determinada tarea en su interior con medios limitados o restringidos para su acceso o salida que no están diseñados para ser ocupados en forma continua. Por ejemplo los tanques de almacenamiento, ductos, pozos, las cisternas, entre otros.

Por eso si en tu empresa se desarrollan labores en sitios como los referidos debes implementar un plan de atención a emergencias y rescate de los colaboradores que sufran accidentes en ese entorno, en el que se describan las eventualidades que pueden presentarse en los espacios confinados (art. 5.10 y 10.1, NOM).

Contenido del plan

El instrumento conforme al numeral 10.2 de la NOM debe precisar:

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Recuerda anotar en este documento los teléfonos de los bomberos, los hospitales y las instituciones de rescate. En caso de que manejes sustancias químicas, los datos de los centros de información especializados en su manipulación al producirse un accidente.

Finalmente ten en cuenta que es preferible evitar trabajos en las áreas en comento, salvo que los mismos no puedan hacerse en el exterior (art. 7.1., NOM).