¿Ya sabes qué hacer con tu PTU?

La Condusef recomendó utilizar el ingreso extra para pagar tus deudas, invertir y aportar a tu Afore

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 .  (Foto: Getty)

Si eres trabajador asalariado y laboraste por más de 60 días por derecho debes recibir el reparto de utilidades generadas por tu empresa a más tardar el próximo 30 de mayo; y en el caso de que colabores con una persona física deberás recibir el pago antes del 29 de junio.

La razón, es que dicha prestación es respaldada por los artículos 123 Constitucional y 127 de la LFT, por lo que la Condusef te recomienda destinarlo al bien de tu economía familiar:

  • Para liquidar tus deudas o disminuirlas, al ser un ingreso extra puedes hacer uso de ellas sin perjuicio. Concéntrate en aquellas que generen más intereses.
  • Inviértelo en instrumentos que te generen ganancias en instituciones formales y puedas financiar proyectos a mediano y largo plazo.
  • Aporta a tu Afore

De acuerdo con la LISR el pago debe ser del 10% de las utilidades anuales de la empresa y se dividirán entre los trabajadores considerando el salario y días trabajados en el año. En caso de que los patrones incumplan con la obligación podrán recibir sanciones desde los 50 a los 5,000 días de salario mínimo.

La excepción a la regla es para aquellas entidades que tengan menos de un año de funcionamiento o cuyo ingreso anual declarado fuese menor a 300,000 pesos.