Nuevas reglas del Comité Nacional de Productividad

Se publicaron las bases para la ordenación y funcionamiento de este órgano

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Por Angeles Paniagua

La SHCP difundió en el DOF de este 20 de julio el Decreto que establece las reglas de constitución y desarrollo de las actividades del Comité Nacional de Productividad (CNP), que es un órgano consultivo y auxiliar del ejecutivo federal y de la planta productiva (art. 153-K, LFT).

Ten presente que si bien es un deber gubernamental la creación del CNP, con base en sus tareas se plantean los parámetros necesarios para materializar la productividad.

Según la LFT, Este término es el resultado de optimizar los factores humanos, materiales, financieros, tecnológicos y organizacionales que concurren en las compañías, en la rama o el sector para la elaboración de bienes o la prestación de servicios, para promover a nivel sectorial, estatal, regional, nacional e internacional, según el mercado al que tienen  acceso, su competitividad y sustentabilidad, optimizar su capacidad, su tecnología y su organización, e incrementar los ingresos, el bienestar de su personal y distribuir equitativamente sus beneficios (art. 153-I, LFT).

Además de que derivado de sus trabajos y la concurrencia de los patrones; los trabajadores; los sindicatos; la academia, y el Estado, surgen los acuerdos y los sistemas para medir e incrementarla.

Integración

Deben participar el Presidente de la República; los secretarios de Hacienda y Crédito Público; del Trabajo y Previsión Social; de Economía, y de Educación Pública; el Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; cinco representantes de organizaciones patronales y sindicales de colaboradores; cuatro representantes de instituciones de educación superior, y uno de alguna institución de educación técnica media superior y uno de alguna escuela de capacitación para el trabajo

Sesiones que llevará a cabo

Las reuniones del CNP se realizarán de manera ordinaria (cuatro veces en el año según el cronograma que apruebe el CNP) y extraordinaria (el presidente del CNP convocará reunión cuando lo considere preciso)

Para que sean válidas bastará que cuenten con la mayoría de los asistentes y los acuerdos se tomarán con generalidad de los votos de quienes estén reunidos.

Instauración de subcomités

Pueden ser compuestos por rama de actividad, estatales y regionales para realizar los programas para elevar la productividad de las negociaciones, incluidas las micros, pequeñas y medianas empresas. Es decir que versen sobre:

  • diagnóstico de productividad
  • mejores prácticas tecnológicas y de organización
  • adecuación de condiciones dentro de las corporaciones que permitan aumentar la productividad, o
  • evaluación del progreso y cumplimiento de los programas, entre otros (art. 153-J, LFT)

Lo dispuesto en este Decreto iniciará su vigencia el 21 de julio, y abrogará al que fue publicado el 17 de mayo de 2013.