Reglas para patrones con personal discapacitado
La STPS dio a conocer la NOM que prevé los medios de protección a observar por quienes contratan a estos colaboradores
Laboral
Por Angeles Paniagua
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el DOF de este 20 de julio, la NOM-034-STPS-2016, Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo (NOM).
Su objetivo es establecer las circunstancias por las cuales los patrones preserven la integridad física y salud de los subordinados aludidos, y para el ingreso y desempeño de sus tareas. Solo es aplicable para aquellas empresas en cuya plantilla existan personas con estos rasgos especiales.
Por ello en la NOM encontrarás disposiciones relativas a:
- deberes patronales y de los trabajadores con capacidad distintas
- requerimientos respecto de los inmuebles
- características del plan de atención a emergencias
- temas sobre los que debe versar la capacitación, y
- parámetros que deben revisar las unidades de verificación (UV) acreditadas y la especificación de las documentales que debes conservar si eres patrón de los sujetos protegidos por la NOM
El cumplimiento de esta NOM estará bajo la vigilancia de la STPS; no obstante los interesados pueden solicitar a las UV los análisis para la evaluación de la conformidad.
Adecuaciones a los establecimientos
En el caso de que existiesen más de 50 trabajadores, es preciso que las instalaciones permitan la accesibilidad o realizar los ajustes que se requieran con el objeto de permitir su desplazamiento para librar desniveles; facilitar su entrada y salida o manipular objetos.
Señalización
La simbología relativa a la movilidad, la estadía y las acciones durante emergencias debe cumplir con el Apéndice A en donde se describen las señales de información que implica el cumplimiento de la NOM. Estas deben tener forma geométrica rectangular o cuadrada, fondo en color azul y el símbolo en blanco.
Vigencia
Entrará en vigor a partir del 18 de septiembre de 2016 y cancelará los efectos del punto 7.1.3 de la NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad, del 24 de noviembre de 2008.