Informe del IMSS no desvirtúa relación laboral

Reporte remitido por el Seguro Social a las JCA sobre una empresa no registrada, no es una prueba plena de la inexistencia de un vínculo de trabajo

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 -  (Foto: Redacción)

Por Leopoldo Adolfo Gama García

Uno de los conflictos que comúnmente deben dirimir las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCA) cuando tramitan y resuelven un juicio laboral, es determinar la existencia de la relación de trabajo cuando la empresa demandada la niega, y en consecuencia establecer si son procedentes las acciones intentadas por los subordinados demandantes.

En ocasiones las compañías carecen de documentos o cualquier otro medio de prueba para deslindarse del citado vínculo, por lo que solicitan a la Junta competente un informe rendido por el IMSS, con el fin de que dicho Instituto manifieste que no están dadas de alta con el carácter de patrones; lo que es insuficiente, pues con dicho informe solo demuestra que no están registradas ante ese Instituto.

De ahí que recientemente los Tribunales Colegiados de Circuito de la materia determinaron que este medio de acreditación no es un instrumento válido para desacreditar la existencia de la relación de trabajo; lo que en nuestra opinión es  acertado, pues lo que prueba tal informe es que ante la citada dependencia el demandado no está registrado como patrón, pero eso no quiere decir que carece de esa calidad.

Lo anterior queda patente en la resolución bajo el rubro: RELACIÓN LABORAL. EL INFORME DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN EL SENTIDO DE QUE EN SUS ARCHIVOS NO EXISTE REGISTRO DEL DEMANDADO, NO DESVIRTÚA LA PRESUNCIÓN DERIVADA DE LA PRUEBA DE INSPECCIÓN SOBRE DOCUMENTOS QUE EL PATRÓN DEBE CONSERVAR RESPECTO DE AQUÉLLA, localizada en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Tribunales Colegiados de Circuito, Materia Laboral, Tesis XVII.1o.C.T. J/7 (10a.), Jurisprudencia, Registro 2012200, 5 de agosto de 2016.