Y si no pago el aguinaldo ¿qué pasa?

La multa puede llegar a los 365,200 pesos por cada trabajador afectado

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El incumplimiento a las disposiciones en materia de aguinaldo puede acarrear, al patrón infractor, la imposición de una sanción económica por el equivalente de 50 a 5,000 veces el salario mínimo general, esto es, de 3,652 a 365,200 pesos por cada colaborador afectado (arts. 992 y 1002, LFT).

El pago de la prerrogativa analizada, además de ser un deber patronal, es muy esperado por el sector obrero en México, pues le permite satisfacer muchas de sus necesidades y de sus familias, de ahí que su cumplimiento es de los más vigilados por la autoridad laboral.

Por ello el empresariado al efectuarlo debe ceñirse a lo ordenado por la LFT, a efectos de evitar ser sancionado.