La realidad del trabajo a distancia

El trabajo a distancia en los próximos años está destinado a tomar un nuevo rumbo de la mano de patrones y trabajadores Millenials

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 -  (Foto: Redacción)

Lics. Carlos Ferran Martínez Carrillo y Valente Quintana Pineda, director del área laboral en la firma Cuesta Campos y Asociados, SC y coordinador de relaciones laborales del Centro Médico ABC, respectivamente

Las actividades ejecutadas diariamente en una oficina son la forma en que tradicionalmente se han venido prestando los servicios laborales durante muchas décadas, por lo que se tiene mayor conocimiento sobre sus características, normatividad aplicable y repercusiones.

No obstante, la era digital que actualmente prevalece ha dado pie a que proliferen esquemas a distancia conocidos como teleworking, home office o teletrabajo, mismos que desde tiempo atrás ya se encontraban someramente regulados en la LFT, específicamente en su Título VI “Trabajos especiales”, Capítulo XII “Trabajo a domicilio”, ordenamiento que fue ajustado, mediante la reforma laboral de 2012, a las necesidades de las recientes generaciones; esto es, se adaptó  a los requerimientos de inmediatez y movilidad exigidos por los procesos de trabajo.

Si bien el teletrabajo permite a los subordinados y las empresas gozar de cierta flexibilidad en cuanto a la administración de las horas laborales, aún existen factores adversos tanto prácticos (generación de estrés causado por la falta de distinción de límites entre las tareas y la familia), como legales (ausencia de una regulación específica en materia de riesgos de trabajo y los protocolos a seguir de presentarse una contingencia de esta naturaleza).

Por ende, es pertinente señalar algunos beneficios e inconvenientes que representa esta modalidad para los empresarios:

Ventajas Desventajas
  • Evita la  rotación excesiva de personal
  • optimiza la administración del tiempo
  • produce ahorros vinculados a los gastos por el uso de las oficinas (luz, computadoras, cubículos, etc.), y
  • genera mejor comunicación con los subordinados que laboran bajo este esquema
  • Imposibilita llevar un control efectivo del tiempo efectivamente laborado
  • complica determinar cómo y en qué casos deben calificarse como riesgos de trabajo los accidentes y enfermedades vinculadas a la tareas realizadas, y
  • dificulta la interacción con otros empleados o clientes

Una característica que debe tenerse presente es que en el home office  los teletrabajadores también están expuestos a sufrir riesgos profesionales como cualquier otro subordinado, de ahí que para mitigarlos lo recomendable es que los patrones verifiquen que las condiciones del lugar en donde se desarrolla el teleworking cumplan con las medidas de seguridad y salud previstas en la legislación de la materia, y se mencionen claramente en los contratos individuales de trabajo celebrados con ellos, tanto las funciones a realizar por los subordinados, así como sus horarios.

Lo anterior porque en esta clase de servicios existe gran dificultad para vincular los riesgos de trabajo con las tareas realizadas dentro del domicilio, pues los teletrabajadores no están bajo la supervisión directa de su patrón, y por ende se carecen de muchos elementos indispensables para comprobar si un evento efectivamente es profesional o no.

Así las cosas, el peligro imperante para las corporaciones es que ante lo complicado de acreditar el nexo entre la actividad efectuada y el padecimiento sufrido, la autoridad laboral y el IMSS les imputen un siniestro de trabajo, sin que realmente tenga este carácter. Por ello aquellas deben utilizar entre otros aspectos un soporte documental adecuado; dar un seguimiento puntual a las condiciones pactadas en el contrato y a las obligaciones señaladas en la LFT, a efectos de evitar incurrir en contingencias de esta índole, o bien, de haberse presentado, tener elementos de prueba para combatir las resoluciones respectivas.

Finalmente un punto adicional a considerar por las compañías para inhibir los accidentes de trabajo, así como el engorroso trámite de una posible impugnación de estos, es capacitar y adiestrar a los subordinados respecto a las condiciones físicas; la organización del trabajo que deben llevar; el uso de las tecnologías de la información y comunicación; las posturas y los cuidados que deben observar durante su jornada laboral, porque inexorablemente el trabajo a distancia en los próximos años, está destinado a tomar un nuevo rumbo, de la mano de patrones y trabajadores millenials.