Prueba presuncional, requisitos para su valoración

Los tribunales precisan los elementos que requiere este medio de acreditamiento para que tenga plena validez

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Dentro de un procedimiento laboral las partes (trabajadores y patrones) pueden ofrecer las pruebas que consideren pertinentes para acreditar sus acciones o excepciones planteadas en el juicio respectivo.

Entre las probanzas reconocidas por la LFT está la presuncional legal y humana. La primera, de acuerdo con el Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México y publicado por Editorial Porrúa, es: “la consecuencia que la ley deduce de un hecho conocido para indagar la existencia o necesidad de otro desconocido”, y la segunda, según el Diccionario para Juristas de Juan Palomar de Miguel publicado por Mayo Ediciones es: “el resultado del proceso lógico que consiste en pasar de un hecho conocido a otro desconocido, hecho por el juzgador”.

Por lo que hace a la presuncional humana, recientemente los tribunales de la materia señalaron que para su aplicación es necesario que el juzgador, al momento de emitir una resolución definitiva, especialmente debe razonarla. Esto no solo implica expresar la reflexión jurídica por medio de la que se han construido las inferencias, sino que también es necesario mencionar las pruebas practicadas para tener por acreditados los hechos base, y los criterios lógicos que han guiado su valoración. Es decir, en el laudo, el juzgador debe explicar el proceso racional seguido para arribar a determinada conclusión.

Lo anterior queda patente en la resolución bajo el rubro: PRUEBA DE PRESUNCIÓN HUMANA EN MATERIA LABORAL. SU VALORACIÓN LIBRE NO EQUIVALE A PONDERAR INDICIOS CARENTES DE RAZONAMIENTO, localizable en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Tribunales Colegiados de Circuito, Tesis XI.1o.A.T.35 L (10a.), Tesis Aislada, Materia Laboral, Registro 2014186, 28 de abril de 2017.

El criterio es trascendental porque concede certeza legal a los contendientes en un juicio laboral, ya que permite establecer con claridad cómo debe conducirse la Junta de Conciliación y Arbitraje al momento de estimar la prueba presuncional humana, pues no basta con argumentar conjeturas jurídicas, sino que es necesario señalar en el laudo respectivo, el análisis realizado para vincular una serie de hechos conocidos (indicios), para llegar a otros que no lo son.