Los patrones están a tiempo de entregar la PTU por lo que te presentamos la normatividad aplicable y los lineamientos relativos a esta prerrogativa.
Cuerpo normativo |
Artículos aplicables |
Constitución Política de (Art. 123, apartado “A”, fracc. IX) |
Establece el derecho de disfrutar del reparto de utilidades y las bases para su determinación y otorgamiento |
LFT (Arts. 117 al 131) |
Prevé las reglas para realizar la individualización de su concesión |
LISR (Arts. 9o. penúltimo y último párrafo; 109, cuarto, quinto y último párrafo, y 152) |
Dispone cómo los patrones deben calcular su renta gravable, la cual en términos de la LFT sirve como base para otorgar la PTU |
Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la LFT |
Fija el procedimiento para la tramitación y resolución del escrito de objeciones de los colaboradores en torno a la declaración anual presentada por los patrones al SAT, al igual que las bases de funcionamiento de la Comisión Intersecretarial para la PTU de las Empresas |
Resolución de la Quinta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (RQCNPTUE) |
Señala el porcentaje de la base gravable que debe repartirse entre los subordinados (10 %) |
Resolución por la que se da cumplimiento a la fracc. VI del art. 126 de la LFT (RCALFT) |
Determina la excepción de cubrir PTU a los patrones, cuyo capital y trabajo generen un ingreso anual declarado al ISR no superior a 300,000.00 pesos |
Manual Laboral y Fiscal sobre la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (MLFPTU) |
Indica el marco legal para el cumplimiento del pago de la PTU, además de contemplar criterios específicos sobre imprecisiones u omisiones de las normas laborales en la materia |