¡CDMX, se prepara para cambios en la justicia laboral!

El Poder Ejecutivo de dicha entidad integró un grupo de trabajo para efectuar la transformación de ese sistema jurisdiccional. Aquí los detalles

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

El jefe de gobierno de la CDMX expidió un acuerdo por el cual se crea el Consejo Interinstitucional (Consejo) preparatorio para la instrumentación de la reforma en materia del trabajo en la entidad. Este Consejo es un órgano colegiado de coordinación, colaboración y concertación entre las diversas instituciones, que tiene por objeto generar las bases de integración e implementación del nuevo modelo de justicia en la materia, que deberá estar en funciones a más tardar el 18 de septiembre de 2017.

Con ello, el titular del ejecutivo local pretende establecer un lazo para el trabajo conjunto dentro del gobierno local para la armonización del marco normativo; la reestructuración administrativa; la determinación de competencias; y el estímulo a quienes deseen participar con sus conocimientos.

¿Quiénes conformarán el órgano colegiado?

Los servidores públicos de la CDMX y sujetos mencionados a continuación con los roles siguientes:

  • Jefe de Gobierno de la CDMX, quien fungirá como coordinador general, y
  • titulares de:
    • Presidencia de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, que se desarrollará como secretaria ejecutiva
    • Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo
    • Consejería Jurídica y de Servicios Legales
    •  Secretaría de Finanzas, y
    • Oficialía Mayor

Podrán intervenir como invitados los titulares de los siguientes órganos y organismos:

  • Tribunal Superior de Justicia de la CDMX
  • Asamblea Legislativa de la CDMX
  • Organización Internacional del Trabajo en México, y
  • miembros de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales que acepten esta convocatoria. Se considerarán a aquellos que cuenten con experiencia y fines compatibles con el objetivo del Consejo, para ello se tomarán los acuerdos o celebrarán los convenios específicos

Todos los cargos son honoríficos.

Funciones del Consejo

Entre las más relevantes están:

  • analizar, asesorar, y decidir las acciones para cumplir con el acuerdo
  • solicitar recursos humanos y materiales a las unidades administrativas involucradas para el alcance de sus fines
  • fijar vías de comunicación con organizaciones de la sociedad civil y no estatales; postulantes de mayor prestigio y colegios de abogados expertos en derecho del trabajo
  • regirse bajo el principio de confidencialidad para proteger los derechos de autor de los integrantes del Consejo, respecto de la información técnica y deliberativa que considere conveniente, así como preservar los términos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la CDMX
  • realizar las acciones indispensables para evitar la divulgación o apropiación del bagaje aludido, y
  • acordar las tácticas y gestiones precisas para instrumentar la enmienda constitucional en materia del sistema judicial del trabajo

Esto se desprende de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que se publicó en el DOF el 24 de febrero de 2017, por el que se modifican los numerales 103 y 123, en el sentido de crear un nuevo esquema de justicia laboral, tanto a nivel federal como estatal, en el que existirán los centros de conciliación y se crearán juzgados dependientes de los poderes judiciales.

En el decreto aludido se ordenó a las entidades federativas que durante el periodo comprendido entre el 25 de febrero de 2017 y 25 de febrero de 2018, lleven a cabo los cambios que sean necesarios (art. Veinticinco Transitorio, Decreto modificatorio de la CPEUM)