Qué es el trabajo forzoso

El Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico impone deberes a México sobre este tema, hay que tener presente en qué consiste esta figura

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

En el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TPP) en el que México es parte, todos los países que lo signaron pactaron que adoptarían las normas que contemplaran la desaparición de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; por lo que a continuación se describe qué es el trabajo forzoso y cuáles son los casos recurrentes.

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El trabajo forzoso, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), es toda labor o servicio exigido a una persona bajo la amenaza de una pena cualquiera y para la que ese sujeto no se ofrece voluntariamente.

En el trabajo forzoso, la conducta patronal se encamina a ejercer coerción física o psicológica, generada por el poder ejercido de un individuo sobre otro.

La OIT ejemplifica como labores forzosas:

  • contratación de personal doméstico, cuando el patrón le retiene sus documentos de identidad y le prohíbe salir, lo amenaza con golpearlo o que no le cubrirá el salario
  • obligar a los pobladores de una comunidad a laborar en la construcción de carreteras, de canales de irrigación y cuando las autoridades (gubernamentales o policiales) les intimidan para concurrir a dichas actividades
  • servidumbre a causa de deudas, en donde aprovechándose de la ignorancia de las personas (un campesino que labora para un terrateniente, se subordina (laboralmente) a un familiar o incluso a un infante; se prolonga la sujeción a las tareas de manera indefinida so pretexto de que no se salda la deuda. Se profieren amenazas de aplicación de castigos o se ejerce violencia, y
  • tráfico de mano de obra, en donde el victimario desposee al trabajador de sus documentos de identidad. En este supuesto se incluyen las empresas que negocian con los intermediarios y reciben a los colaboradores

Uno de los compromisos adquiridos por México por medio del TPP es que no se realicen importaciones de mercancías resultantes de procesos ejecutados en las circunstancias laborales vejatorias a que alude el trabajo forzoso.

Según el numeral 2, párrafo 2 del Convenio 29 de la OIT no se considera trabajo forzoso:

  • servicio militar obligatorio
  • deberes cívicos normales
  • el penitenciario
  • el desempeñado en los casos de fuerza mayor como: la guerra, los siniestros o la amenaza de eventos como incendios, inundaciones, hambre y temblores, y
  • pequeñas labores comunales dentro de una población