STPS crea guía para registro de equipo sujeto a presión

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través de un instructivo facilita a los patrones hacer ese proceso, respecto de recipientes sujetos a presión

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 .  (Foto: iStock)

En el sitio electrónico: http://rspycalderas.stps.gob.mx/ se puede realizar la gestión de registro de recipientes sujetos a presión categoría III ante de la Secretaría de la Trabajo y Previsión Social.

Lo que se requiere es que la empresa proporcione sus datos y se exhiba el aviso correspondiente acompañado del dictamen proporcionado por la Unidad Verificadora. Solo en caso de que los datos suministrados por la compañía esté de conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-020-STPS-2011, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social le asignará un número de control.

Para facilitar la gestión se recomienda la lectura de la Guía rápida para Registro de recipientes sujetos a presión, disponible en la página web: http://rspycalderas.stps.gob.mx/Upload/Guia/GuiaUsuario.pdf, pues describe los siete pasos para efectuar el trámite respectivo. 

Los bienes catalogados como Categoría III según la NOM-020-STPS-2011 son aquellos que:

  • contengan agua, aire y/o cualquier fluido no peligroso, con presión de calibración mayor a 490.33 kPa pero menor o igual a 784.53 kPa, y volumen mayor a 1 m3
  • cuenten con agua, aire o cualquier fluido no peligroso, con presión de calibración mayor de 784.53 kPa y cualquier volumen, y
  • manejen fluidos peligrosos con presión de calibración menor o igual a 686.47 kPa y volumen mayor a 1 m3, y
  • manipulen fluidos peligrosos con presión de calibración mayor a 686.47 kPa y cualquier volumen

 Asimismo los recipientes criogénicos son los que tienen un volumen mayo a 1m3