En 2019 habrá siete días oficiales no laborables, establecidos en la Ley Federal del Trabajo.
Recuerda que en caso de que acudas a trabajar alguno de los días señalados tendrás derecho a que se te pague, independientemente del salario que te corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se te deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.
Descansos
- 1 de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- 1 de mayo
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- El 25 de diciembre