Eficacia de la inspección para calificar que una jornada es inverosímil

El ofrecimiento de esa prueba por parte del trabajador permite que la autoridad jurisdiccional constate un horario inhumano

TIEMPO EXTRA. SI PARA ACREDITARLO EL TRABAJADOR OFRECE LA INSPECCIÓN OCULAR SOBRE DOCUMENTOS QUE EL PATRÓN TIENE LA OBLIGACIÓN DE CONSERVAR Y EXHIBIR EN JUICIO Y ÉSTE SE ABSTIENE DE PONERLOS A LA VISTA, LA PRESUNCIÓN DERIVADA DE ELLO ES EFICAZ PARA DEMOSTRARLO Y DESVIRTUAR LO INVEROSÍMIL DE SU RECLAMO.-Si el trabajador reclama el pago de tiempo extra y para acreditarlo ofrece la inspección ocular sobre los documentos que el patrón tiene la obligación de conservar y exhibir en juicio, en términos del artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo, en cuyo desahogo el demandado se abstiene de ponerlos a la vista, ello origina que se tenga por cierta la jornada de trabajo que adujo el empleado; en ese supuesto no ha lugar a absolver del pago de horas extras por estimar que la jornada de labores aducida por el operario se funda en circunstancias inverosímiles por comprender muchas horas extras durante un lapso considerable que el común de las personas no podría desempeñar, ya que existe presunción legal en su favor, en el sentido de que laboró dentro del horario expresado.

DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 1023/2011. Francis Elizabeth Torres Castro. 7 de noviembre de 2011. Unanimidad de votos; mayoría en cuanto al sentido y tema de la tesis. Disidente y Ponente Héctor Landa Razo. Secretario Pavich David Herrera Hernández.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro VI, , Tomo 2, p.1479, Materia Laboral, Tesis I.13o.T.12 L (10a.), Tesis Aislada, Registro 2,000,475, marzo de 2012.