Qué hacer ante una emergencia médica del personal

La NOM-030-STPS-2009 en su guía de referencia recomienda los pasos a dar para atender un evento así

 .  (Foto: iStock)

Dra. Ángeles Paniagua Márquez

Las empresas que tengan trabajadores a su servicio tienen la obligación de elaborar los programas específicos, manuales y procedimientos que permitan desarrollar los procesos productivos en condiciones seguras y reaccionar ante emergencias, incluyendo las sanitarias decretas por las autoridades competentes (arts. 132, fracc. XIX, LFT; 7o., fracc. III, y 8o., Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo –RFSST–).

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En cuanto a las contingencias, los empleadores deben promover su atención como parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, así como integrar las acciones respectivas al programa en la materia (art. 48, RFSST punto 5.5 de la NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Funciones y actividades –NOM–).

La NOM en el punto II.2.3.2 de la Guía de Referencia II, Recomendaciones para instrumentar las acciones de salud en el trabajo indica que esas urgencias clínicas deben ser vistas cuando se presente un accidente o enfermedades de trabajo o generales.

Si bien es cierto esta guía no es de aplicación obligatoria, también lo es que es pertinente seguir sus recomendaciones, porque es un complemento de dicha NOM.

Así las cosas, se pueden observar los siguientes pasos para enfrentar las contingencias médicas:

 .  (Foto: IDC online)

Ante la ocurrencia de otras emergencias como son: un sismo, incendio, entre otras, se procederá de acuerdo con el manual de procedimientos correspondiente.

Asimismo, en la Guía es aconsejable contar con un botiquín de primeros auxilios.

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