Consecuencias de efectuar pagos incompletos en un despido

Si se va a despedir a un trabajador, conozca a qué tiene derecho y las consecuencias de no pagarle lo que le corresponde

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 .  (Foto: iStock)

Cuando un patrón se ve obligado a separar a uno de sus colaboradores, y la causa motivadora de esa decisión no se encuadra en alguna de las hipótesis previstas en el artículo 47 de la LFT, aquel debe cubrir al afectado la liquidación correspondiente.

La liquidación se integra de la indemnización de tres meses de salario y la prima de antigüedad, además de la parte proporcional de las prestaciones devengadas y no pagadas (vacaciones, prima vacacional y aguinaldo).

De no observar lo anterior, el trabajador podría demandar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva a su patrón por despido injustificado (acción indeminizatoria) o solicitar su reincorporación a su puesto de trabajo (acción reinstalatoria).

Esta circunstancia implica para el patrón un costo mayor, pues de proceder la demanda intentada por el trabajador, aquel tendría que cubrir adicional a la liquidación, los salarios caídos o vencidos a partir de la fecha del despido topados a 12 meses, los cuales habrán de calcularse con el salario diario integrado.

En caso de que el trabajador hubiese optado por la reinstalación, y el patrón se negase, adicionalmente se le deberá pagar la indemnización referida en el numeral 50 de la LFT.