¿Pueden incluirse palabras altisonantes en el aviso de rescisión?

El patrón está obligado a precisarle al trabajador objeto de rescisión cuál es la causa de su separación

Estamos por rescindir a un colaborador porque insultó a su compañero de línea. En el texto del aviso de rescisión deseamos señalar las palabras altisonantes que le expresó a la víctima de agresión. Existe algún problema en hacerlo

No, porque en el aviso en comento, el patrón está obligado a precisarle al trabajador objeto de rescisión cuál es la causa de su separación; por tal razón, es esencial que se detalle claramente la conducta que realizó, la fecha en que la cometió y cómo ocurrieron los hechos.

Por ende, al indicar los hechos es necesario que hagan referencia a las palabras altisonantes con las que se expresó el agresor, y se especifique que por ello se ubicó en la hipótesis prevista en el numeral 47, fracción III de la LFT (art. 47, segundo párrafo, LFT).

Asimismo, se recomienda que previo a elaborar el aviso de rescisión, se redacte el acta administrativa respectiva, en el que se señalen las palabras con las que se dirigió a su compañero, si existieron testigos de los hechos, así como la declaración de estos, del agresor, y del ofendido, a fin de que la empresa cuente con un elemento que pueda perfeccionar y relacionar con otras pruebas sobre la validez de su proceder.