Nuevo comité para el programa de Jóvenes Construyendo el Futuro

Este órgano se encargará de vigilar y contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos de este programa

 .  (Foto: iStock)

Rosario Pérez

La STPS difundió en el DOF del 20 de agosto de 2021, el Acuerdo que adiciona el diverso por el que se expiden las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, el cual entrará en vigor al día siguiente.

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El objetivo es integrar un órgano técnico colegiado para analizar, revisar y dictaminar la toma de decisiones para el cumplimiento de los objetivos del programa.

Este comité se conformará de la siguiente forma:

  • presidente: ostentado por el titular de la Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral, y será suplido en caso de ausencia únicamente por el Titular de la Unidad del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, y
  • vocales, a cargo de los titulares de las siguientes unidades administrativas:
    • Unidad del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro
    • Dirección General de Asistencia Territorial, y
    • Dirección General de Operación e Innovación

Sus suplentes serán los de nivel jerárquico inmediato inferior.

Se podrá invitar a las sesiones, a un representante del Órgano Interno de Control y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos o cualquier otra unidad administrativa que se estime pertinente.

Sus funciones consistirán en:

  • contribuir al cumplimiento oportuno de metas y objetivos
  • conocer, revisar, analizar, dictaminar y determinar sobre los casos no previstos en las reglas de operación del programa
  • interpretar para efectos administrativos y operativos las reglas de operación
  • determinar y aprobar los apoyos extraordinarios y el monto a otorgar a los aprendices
  • aprobar los lineamientos de operación del propio comité y, en su caso, las demás funciones que contribuyan al cumplimiento oportuno de metas y objetivos del programa, y
  • estar al tanto de las acciones y realizar los ajustes presupuestarios

Por último, el comité en su primera sesión deberá emitir sus lineamientos de operación, la cual se celebrará a más tardar en los 30 días hábiles siguientes de la publicación del acuerdo, siempre que las condiciones sanitarias derivadas por el COVID-19 lo permitan, esto es hasta el 1o. de octubre de 2021.

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