Reinstalación en otro puesto ¿posible?

Si el trabajador demanda su reinstalación en su puesto de trabajo, y el patrón es condenado a ello, debe regresarlo a su mismo puesto de trabajo

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 .  (Foto: iStock)

Cuando un trabajador demanda su despido injustificado, solicitando su reinstalación en el empleo, es preciso que señale el puesto de trabajo que venía desempeñando; no obstante, puede ocurrir que el señalado por este no sea el correcto o cierto.

En ese caso, el patrón tendrá que acreditar cuál era el puesto que desempeñaba el colaborador demandante, para que en caso de que se demuestre la existencia del despido injustificado y se le condene a reinstalar al colaborador, esta se ordene en el cargo que quedó demostrado, aun cuando no coincida con el reclamado expresamente por el empleado.

Lo anterior, en ningún caso es contrario a la acción laboral reclamada, pues al trabajador se le reubicará en el puesto que venía desempeñando. Además, la resolución que se emita no será incongruente, ni alterará la litis, porque se emitirá a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos que en realidad imperan en el conflicto laboral, los cuales fueron debidamente acreditados en el juicio.

Esto de acuerdo con el criterio de rubro: REINSTALACIÓN EN UN PUESTO DIVERSO AL EXPRESAMENTE RECLAMADO EN LA DEMANDA. EL LAUDO QUE CONDENA AL PATRÓN A ELLA NO ES INCONGRUENTE, SI AQUÉL ES EL REALMENTE DEMOSTRADO EN AUTOS, AL NO IMPLICAR VARIACIÓN DE LA ACCIÓN PRINCIPAL, localizable en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Tomo III, Libro 83, p. 2922, Materia Laboral, VII.2o.T.297 L (10a.), Tesis Aislada, Registro 2’022,730, de febrero de 2021.