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El 12 de octubre de 2022 el Senado aprobó en lo general y en lo particular el Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930, adoptado en Ginebra el 11 de junio de 2014 (Protocolo), por lo que en esa fecha se le turnó al titular del ejecutivo para sus efectos constitucionales.
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Hay que recordar que este instrumento lo sometió a consideración el presidente, a través de la Secretaría de Gobernación, en febrero pasado.
Entre las medidas a que se comprometerá el Estado mexicano son:
- educación e información destinadas a: las personas consideradas particularmente vulnerables, para evitar que sean víctimas de trabajo forzoso u obligatorio, y a los empleadores, con el fin de que no resulten involucrados en prácticas de trabajo forzoso u obligatorio
- realizar esfuerzos para garantizar que: la legislación relativa a la prevención del trabajo forzoso u obligatorio y el control de su cumplimiento, incluida la legislación laboral si procede, abarquen a todos los trabajadores y a todos los sectores de la economía, y se fortalezcan los servicios de inspección del trabajo y otros servicios responsables de la aplicación de esa legislación
- proteger en particular a los empleados migrantes contra posibles prácticas abusivas y fraudulentas en el proceso de contratación y colocación
- que las autoridades puedan decidir no enjuiciar ni imponer sanciones a las víctimas de trabajo forzoso u obligatorio que participaron en actividades ilícitas, por haber sido sometidos a esa forma de trabajo, y
- proporcionar a las víctimas protección y acceso a acciones jurídicas y de reparación apropiadas y eficaces, tales como una indemnización, y sancionar a los autores del trabajo forzoso u obligatorio
Asimismo, dichas medidas tendrán que ser eficaces para identificar, liberar y proteger a todas las víctimas de trabajo forzoso u obligatorio y para permitir su recuperación y readaptación, así como para proporcionarles otras formas de asistencia y apoyo.
Pareciera que hablar de trabajo forzoso u obligatorio, son prácticas de esclavitud que no se tienen en México, o bien es inherente a la prostitución.
Sin embargo, tal y como lo apuntó el gobierno de Estados Unidos de Norteamérica en su Reporte sobre trata de personas 2022 se “explotan a adultos y niños en trabajos forzados en la agricultura, el servicio doméstico, el cuidado de niños, la industria manufacturera, la minería, el procesamiento de alimentos, la construcción, el turismo, la mendicidad y la venta ambulante”
Asimismo, señala que “los individuos emigran de los estados más pobres a las regiones agrícolas para cosechar verduras, café, azúcar y tabaco; muchos reciben poca o ninguna paga o tiempo libre; soportan condiciones de vivienda inhumanas sin acceso a alimentos adecuados, agua potable o atención médica; y se les niega la educación para los niños. Algunos empleadores retienen el salario semanal para obligar a los trabajadores agrícolas a cumplir determinadas cuotas de cosecha o a seguir trabajando hasta el final de ésta”.