Testimonial que presume relación laboral

Testimonial que presume relación laboral

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 .  (Foto: IDC online)

El artículo 21 de la Ley Federal del Trabajo establece que se presumen la existencia del contrato y de la relación laboral entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe. En ese sentido, se concluye que para que se acredite la prestación y, por ende, opere esa presunción, basta que las declaraciones rendidas por los testigos sean congruentes respecto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se percataron de la prestación del trabajo personal, sin que sea necesario que declaren en torno al origen de la obligación de prestar los servicios personales subordinados, el horario y lugar específicos en que se desarrollaban, así como el salario que percibía eltrabajador, toda vez que en términos del artículo 784 de la ley citada, cuando existe controversia sobre esos hechos,la carga probatoria corresponde al patrón.

Contradicción de tesis 15/2005-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito y el entonces Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, actualmente Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito. 22 de abril de 2005. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: José Luis Rafael Cano Martínez.

Tesis de jurisprudencia 57/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal en sesión privada del 29 de abril de 2005.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Novena época, tomo XXI, mayo de 2005, págs. 483-484.

La presente resolución atinadamente señala los requisitos que deben satisfacer las declaraciones rendidas por los testigos en un proceso laboral para generar la presunción de la existencia de una relación laboral, esto es, las testimoniales tienen que ser congruentes en lo referente a circunstancias de:

  • modo, es decir, como los testigos se percataron de la existencia de la relación de trabajo;
  • tiempo, esto significa, fechas o épocas sobre las cuales ellos, los testigos, se percataron de los hechos, y
  • lugar, se refiere a la ubicación física en donde se dieron los hechos (prestación del servicio).

Sólo cuando las testimoniales cumplan dichos requisitos servirán como fuente para presumir la relación laboral, lo que sin duda servirá al trabajador demandante a probar la existencia del vínculo laboral, en caso de negativa por parte del patrón.