Ofrecimiento de trabajo por reinstalación

Ofrecimiento de trabajo por reinstalación

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 .  (Foto: IDC online)

De acuerdo con el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo las partes pueden comparecer a juicio en forma directa o por conducto de apoderado legalmente autorizado, y que tratándose de éste, su personalidad debe acreditarse conforme a las reglas establecidas en dicho numeral; en tal virtud, si la persona que comparece como apoderado de otra, física o moral, demuestra con los documentos respectivos tener tal carácter, los actos que realice obligan a su representada, entre los que se encuentran, tratándose de patrones, el de reincorporar al trabajador a sus labores debido al ofrecimiento de trabajo aceptado por éste. Consecuentemente, si a la diligencia de reinstalación no asiste personalmente el patrón por sí o por conducto de apoderado legalmente autorizado, el ofrecimiento de trabajo debe considerarse de mala fe.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO.

Amparo directo 386/2005. Jesús Esteban Cota Espinoza. 1o. de diciembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Ramírez Ruiz. Secretaria: Raquel Nieblas Germán.

Fuente

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo: XXIII. Novena Época, abril de 2006, pág. 1060.  Tesis: V.1o.C.T.65 L.